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MTC: Condonación de multas no aplicará para quienes atentaron contra la salud

Mediante un proyecto de ley se busca condonar multas durante la pandemia a los transportistas, conductores y generadores de carga del servicio de transporte público terrestre de personas y mercancías.
Por Andersson Panta
2 minutos

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) presentará ante el Congreso de la República un proyecto de ley para condonar las multas impuestas durante la pandemia por COVID-19 a los conductores que brindan el servicio de transporte público.

El MTC precisa que dicha condonación será limitada y no aplicará para multas por atentar contra la seguridad vial y la vida de las personas.  

La norma estará dirigida a transportistas, conductores y generadores de carga del servicio de transporte público terrestre de personas y mercancías. También a los que brindan el servicio de transporte público terrestre de pasajeros en vehículos menores.

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No aplicará

Esta norma no aplicará a las personas que hayan sido multadas por conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, o bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos o alucinógenos.

Tampoco a los que hayan sido sancionados por no respetar los límites máximo o mínimo de velocidad establecidos o por transportar materiales o residuos peligrosos sin contar con la autorización respectiva.

Igualmente, no serán beneficiados aquellos conductores que fueron multados por haber atentado contra la integridad física del inspector durante la realización de sus funciones.

Para el caso del servicio de transporte público de pasajeros en vehículos menores, se ha previsto que las municipalidades distritales aprueben el listado de las infracciones que se encuentran dentro del ámbito de los beneficios de la amnistía

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