La empresa Enel Generación Piura S.A. fue notificada en su calidad de litisconsorte pasivo, con la sentencia expedida por el Juzgado Civil Permanente de Talara de la Corte Superior de Justicia de Sullana.
Esto se debe al proceso seguido por Empresa de Gas de Talara S.A. (Gastalsa) contra el Ministerio de Energía y Minas, el Osinergmin y la Dirección General de Hidrocarburos sobre nulidad de las Resoluciones Supremas N° 044-2009-EM y N° 065-2009.
MIRAR TAMBIÉN >>> LINK Bono Yanapay 700 soles 2022 Consulta DNI: Revisa aquí si puedes cobrar el subsidio del Midis
Ducto de Enel a Gastalsa
La sentencia declara fundada en parte la demanda de Gastalsa y nulas las Resoluciones Supremas N° 044-2009-EM y N° 065-2009, que declararon la caducidad de la concesión otorgada a Gastalsa para la prestación del servicio público de distribución de gas natural por red de ductos en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura.
Asimismo, el juzgado ordena a las entidades demandadas transferir a Gastalsa los ductos existentes en su zona de concesión y ordena a Osinergmin que valorice dichos ductos a efectos de su transferencia.
Lo anterior implica que el ducto de propiedad de EGPiura (que abastece de gas natural a la central térmica Malacas) le sea transferido a Gastalsa al valor que determine Osinergmin.
Cabe mencionar que, al no estar de acuerdo con lo resuelto por el juzgado, EGPiura interpondrá un recurso de apelación contra la mencionada sentencia por el Juzgado de Talara.