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Inspectores pueden cerrar temporalmente empresas ante accidentes de trabajadores

La norma modifica diversos artículos de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo. Además, indica otras disposiciones de rango legal para otorgar una adecuada tutela en defensa de la salud y vida de los trabajadores.
Por Liang Ramos Publicado: Últ. actualización: 28 mayo, 2020 01:11
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Foto: Andina
Foto: Andina

Los inspectores laborales pueden ordenar inmediatamente el cierre temporal de una empresa o un área de esta cuando se haya producido un accidente mortal de algún trabajador.

Así lo establece el Decreto de Urgencia 044-2019 publicado en el diario El Peruano con el fin de establecer medidas para fortalecer la protección de salud y vida de los trabajadores.

La norma modifica diversos artículos de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo.

Además, indica otras disposiciones de rango legal para otorgar una adecuada tutela en defensa de la salud y vida de los trabajadores.

Proceso

Según el decreto, los inspectores deben comprobar que las empresas incumplen las normas sobre prevención de riesgos laborales.

Si ello implica un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, pueden ordenar la inmediata paralización o la prohibición de los trabajos o tareas.

Por accidentes

En caso de accidentes, el inspector encargado de las actuaciones inspectivas puede ordenar inmediatamente el cierre temporal de la empresa o un área de ésta mientras duren sus investigaciones.

Las órdenes de cierre temporal, así como la paralización o prohibición de trabajos, son inmediatamente ejecutadas.

En ese sentido, se formalizarán en un acta de cierre temporal o por cualquier otro medio escrito con notificación inmediata al sujeto responsable.

Sueldos y beneficios no afectados

El decreto añade que el cierre temporal se hará sin perjuicio del pago de las remuneraciones y beneficios sociales que corresponden a los trabajadores durante los días de la medida.

Agrega que el empleador tampoco está facultado a otorgar vacaciones a los trabajadores durante el período de cierre temporal o paralización de trabajos.

Además, el inspector está obligado a reportar a sus superiores sobre otros establecimientos de la misma empresa en los cuales podrían existir graves y similares riesgos para los trabajadores.

Finalmente, esta última advertencia será para que se disponga inmediatamente la fiscalización correspondiente.