El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) rechazó los dos recursos de apelación presentados por Telefónica del Perú en respuesta a las demandas en su contra. Una de las denuncias se remonta al año 2022, mientras que la segunda se llevó a cabo este año.
¿Por qué se interpusieron estas demandas?
Ambas demandas fueron interpuestas por incumplir las resoluciones del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) y las medidas correctivas del Osiptel. Las resoluciones fueron publicadas este jueves 8 de junio en el Diario Oficial El Peruano.
La Resolución N.° 014-2023-TRASU/PAS/OSIPTEL, que sanciona por presunta infracción tipificada en el artículo 13 del Reglamento General de Infracciones y Sanciones, es procedente. Por tal motivo, Telefónica deberá pagar una multa que asciende a 102 Unidades Impositivas Tributarias o UIT, que al valor actual corresponde S/504,900.
Resoluciones emitidas
La operadora habría incumplido con 672 resoluciones emitidas por TRASU. Además, la entidad constató que Telefónica i) no acreditó el cese de la conducta infractora en 94 casos; ii) no remitió nueva prueba respecto al cumplimiento de 75 casos; y, iii) las gestiones realizadas respecto a 516 casos se habrían efectuado después del vencimiento del plazo otorgado, además de versar sobre materias que involucran efectos que no pueden ser revertidos.
Además, procederá la Resolución N.° 016-2022-TRASU/PAS/OSIPTEL, la cual castiga a la operadora por no cumplir las medidas correctivas dictadas por el organismo, establecidas en el artículo 25 del Reglamento General de Infracciones y Sanciones. Misma que sancionó con una multa de 151 UIT, o S/ 747.450.
Infracción grave
El incumplimiento de lo dispuesto en una medida correctiva dictada por el OSIPTEL constituye infracción muy grave, salvo que en la misma se establezca una calificación menor. Ante dicho incumplimiento corresponde iniciar el respectivo procedimiento administrativo sancionador, detalla el mencionado artículo.