La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) indicó que desde hoy, los documentos notariales de hipoteca serán tramitados exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital.
Estos documentos están referidos a actos de constitución, ampliación, reducción, modificación y levantamiento de hipotecas del Registro de Predios, que requieren de intervención notarial.
SID Sunarp
El Sistema de Intermediación Digital (SID Sunarp) es una plataforma digital que permite a los notarios realizar el procedimiento registral de manera electrónica.
Entre los beneficios inmediatos de la digitalización destacan:
- La eliminación del uso del papel.
- Mayor celeridad en la gestión de trámites internos.
- Segura circulación del título entre las distintas áreas del registro.
Además, se evita el desplazamiento de los ciudadanos, lo que contribuye con la prevención del contagio del Covid-19.
La incorporación de estos trámites notariales renueva el compromiso de la institución de contribuir con la progresiva reactivación económica, en este caso, la del sector inmobiliario.
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Inscripción exclusiva
La inscripción exclusiva a través del SID Sunarp también incluye los actos de modificación de estatutos de la Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.), Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL).
Además de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), para simplificar los procedimientos de cambio de objeto social, aumento de capital, entre otros.
La norma contempla como excepción a aquellas modificaciones que importen el cambio de domicilio a una oficina registral, distinta a aquella en la que consta inscrita la persona jurídica.
Así como la fusión, escisión y reorganización simple.
Finalmente, la resolución también establece la inscripción obligatoria vía SID Sunarp del acto de transferencia de participaciones por actos intervivos de una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL).