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Reanudación de actividades Fase 2: Conoce los pasos para reactivar tu empresa

Empezó la Fase 2. Conoce los pasos para reactivar tu empresa de acuerdo con lo aprobado en el Decreto Supremo 101-2020-PCM.
Por Infomercado
2 minutos

El Gobierno publicó ayer el Decreto Supremo 101-2020-PCM por el cual se da inicio a la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas, dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria nacional por el Coronavirus (Covid 19).

Según este decreto, las empresas podrán reanudar sus actividades de manera automática una vez registrado lo siguiente:

1. Plan de vigilancia, prevención y control de Covid-19 en el trabajo. Este plan deberá seguir los lineamientos aprobados por el Minsa en su RM 239-2020-Minsa. El plan deberá ser presentado ante el Minsa en el Sistema Integrado para Covid-19 (Sicovid).

2. Protocolo que dependerá del sector, cuando lo haya emitido. Por ejemplo, si es restaurantes, deberá seguir los lineamientos de la RM 142-202-Produce. Este plan deberá ser presentado ante el Ministerio de la Producción (Produce).

Un buen resumen de estos protocolos lo puedes encontrar en el documento elaborado por la especialista Mirela Aucapiña. Clic aquí

En este video se explica cómo subir los protocolos a la herramienta Produce Virtual:

Reanudación automática

Una vez presentado el Plan de Vigilancia, dependiendo del sector en el que se encuentre tu empresa, puedes reanudar actividades de manera automática.

Es decir, bastará con que las empresas cuelguen sus protocolos sanitarios en el Sicovid y estarán autorizados para operar. Ya no hace falta la aprobación del protocolo. Eso sí, el cumplimiento de estos documentos serán controlados posteriormente.

«La idea es que las empresas directamente puedan colgar sus protocolos en el Sicovid e iniciar operaciones. Nosotros somos conscientes de que las empresas tienen todos los incentivos para garantizar la protección de sus trabajadores y minimizar los contagios», refirió la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, en conferencia de prensa.

Posterior supervisión

El “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo” registrado por las personas jurídicas será utilizado como base para la posterior supervisión y fiscalización por parte de las autoridades competentes.

En forma adicional, dicho plan debe estar disponible para los trabajadores al momento de la reanudación de las labores y a disposición de los clientes.

Este plan y el registro en el Sicovid del Ministerio de Salud no resultan exigibles a las personas naturales.

Zonas de alto riesgo

Para las zonas urbanas definidas de alto riesgo por la Autoridad Sanitaria Nacional, el inicio de las actividades o unidades productivas aprobadas en cada fase de la reanudación de actividades será determinado mediante resolución ministerial del sector correspondiente.

Esto incluye a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash. Los cuales todavía deberán esperar a que se regularice la situación de la pandemia en sus respectivas regiones.