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Gobierno oficializa subsidio de hasta S/100 al mes para mototaxistas de la selva

El MEF oficializó un subsidio temporal de S/4 por galón, con un tope de S/100 mensuales, para mototaxistas de Loreto, Ucayali y Madre de Dios.

Por Jordy Acevedo
3 minutos
Mototaxistas subsidio selva
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El Gobierno oficializó un subsidio temporal para los conductores de mototaxis que prestan el servicio de transporte público en Loreto, Ucayali y Madre de Dios, a través del Decreto de Urgencia N.° 011-2026, publicado este viernes en el diario oficial El Peruano.

La medida otorga S/4 por cada galón de gasolina o gasohol que adquiera el conductor beneficiario, con un tope de S/100 al mes por persona. Como la norma tendrá una vigencia de tres meses, contados desde el día siguiente de su publicación, el monto acumulado podría llegar a S/300 por conductor si cada mes alcanza el límite máximo.

El Ejecutivo señaló que el objetivo es mitigar el impacto del incremento extraordinario en el costo de los combustibles y evitar que ese mayor gasto termine trasladándose al precio de los pasajes, lo que pondría en riesgo la continuidad del servicio de transporte en estas tres regiones amazónicas.

El subsidio responde al anuncio que hizo la presidenta Keiko Fujimori, quien adelantó que el apoyo a los transportistas afectados por el alza de combustibles incluiría, por primera vez, a los mototaxistas y a los transportistas fluviales.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

Para calificar, los conductores deben cumplir varios requisitos al momento de entrar en vigencia la norma. Necesitan contar con una mototaxi de categoría L5 identificada con su Placa Única Nacional de Rodaje, tener DNI vigente y una licencia de conducir Clase B, Categoría II-C también vigente. Asimismo, deben tener SOAT vigente o, en su defecto, un Certificado Contra Accidentes de Tránsito (CAT) emitido por una AFOCAT.

El decreto precisa que el subsidio podrá otorgarse como máximo a dos conductores por cada vehículo, y que no se generará un nuevo beneficio para ese vehículo si posteriormente se modifica la información registrada.

Las compras de combustible deben quedar registradas

El apoyo económico no se entrega de forma automática a quienes figuran como mototaxistas. Cada compra de combustible que el conductor quiera hacer valer para el cálculo del subsidio debe estar respaldada por un comprobante de pago electrónico y haberse realizado en un establecimiento inscrito en el Registro de Hidrocarburos de Osinergmin, dentro de los tres departamentos beneficiados.

Para acceder al beneficio, el conductor deberá registrar cada adquisición en una plataforma o formulario web que habilitará el Ministerio de Economía y Finanzas, consignando datos como el proveedor, su DNI, la placa de la mototaxi, el volumen de combustible comprado, el costo total y el número del comprobante.

Esa información será cruzada con los registros de la Sunat, que validará la existencia de los comprobantes electrónicos, y de Osinergmin, que confirmará qué establecimientos están autorizados para vender combustible en la zona.

Pagos en periodos de 15 días

El subsidio se calculará en seis periodos sucesivos de 15 días calendario cada uno, contados desde que entre en vigencia el decreto. Tras el cierre de cada periodo, el conductor tendrá otros 15 días calendario para registrar las compras que busca incluir en el cálculo de ese tramo.

Con esa información, el MEF determinará el monto que corresponde a cada beneficiario y lo remitirá al Banco de la Nación, entidad encargada de efectuar el abono. Para ello, el banco podrá abrir cuentas nuevas, usar cuentas preexistentes o recurrir a otras modalidades de pago, sin que ello genere algún costo adicional para los mototaxistas.

Financiamiento de S/16,023,000

El decreto autoriza un financiamiento de hasta S/16,023,000, que saldrá de la Reserva de Contingencia y se transferirá íntegramente al Banco de la Nación para cubrir exclusivamente el pago del subsidio a los conductores beneficiarios.