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Publican ley de desalojo notarial para que puedas retirar a los inquilinos morosos

Según la ley N° 30933, este desalojo express regirá no solo para inquilinos morosos que no paguen la renta de una vivienda sino también contra aquellas personas que deben el alquiler de un comercio, industria u otros fines.
Por Fergie Noé Publicado: Últ. actualización: 29 mayo, 2020 08:27
2 minutos

El Congreso publicó la ley del desalojo notarial express Nº 30933, mediante el cual los inquilinos morosos que deban como mínimo dos meses de renta, podrán ser desalojados en tan solo 15 días, a través de una carta notarial.

Desalojo notarial

La iniciativa legal publicada hoy, regula el procedimiento de desalojo con intervención notarial y con la ayuda de la fuerza pública. 

La norma permite colocar en los contratos de arrendamiento de inmuebles, con firmas legalizadas ante notario público o juez de paz, una cláusula de allanamiento, con el objetivo de que el arrendatario pueda recuperar su inmueble por conclusión del contrato o por resolución de este por falta de pago.

En caso del atraso en el pago de la renta (que debe ser dos meses como mínimo), el juez dará un plazo de seis días al inquilino para el pago correspondiente. Vencido el plazo el juez ordenará el desalojo en 15 días hábiles.

¿Cómo se concretará el desalojo?

Para acceder al procedimiento de desalojo notarial con auxilio de la fuerza pública, los contratos deberán cumplir los siguientes requisitos: el contrato ante el notario público debe ser inscrito en el Registro de Contratos de Arrendamiento creado por cada notaría y los bienes inmuebles deben estar inscritos en el Registro de Predios de los Registros Públicos.

El juez del lugar en el que se encuentra el inmueble deberá notificar la demanda al arrendatario para que, dentro del plazo de seis días hábiles, acredite la vigencia del contrato de arrendamiento o la cancelación del alquiler adeudado.

Si al vencimiento del plazo establecido no se acredita la cancelación o el pago del alquiler, el juez puede ordenar el desalojo en quince días hábiles

Vía RPP.

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Por Fergie Noé