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Más de 151 mil empleadores pueden reprogramar los aportes a las AFP hasta fin de año

Esta medida está disponible para las entidades del sector privado que no cumplieron a tiempo con depositar los aportes de sus trabajadores a las AFP.
Por Gabriel Naquiche
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En una medida dirigida a aliviar la situación de deuda previsional, las entidades del sector privado que no cumplieron con depositar los aportes de sus trabajadores a las AFP tienen la oportunidad de acogerse al régimen de reprogramación de pago de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones (Repro AFP Privado).

Según el reglamento de la Ley N°31690, aprobado por el Decreto Supremo N° 145-2023-EF del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), los empleadores tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2023 para acogerse a esta medida.

La deuda generada será actualizada utilizando la rentabilidad promedio del fondo 2 del Sistema Privado de Pensiones (SPP), reemplazando así los intereses y multas aplicados regularmente. Además, las deudas acogidas al programa suspenderán los procesos judiciales relacionados con ellas.

En el período de mayo 2022 a mayo 2023, la rentabilidad nominal promedio del Fondo 2 alcanzó el 1.33%. Comparativamente, el Fondo 0 registró una rentabilidad nominal promedio del 7.04%, mientras que el Fondo 1 llegó al 6.32%. Estos datos son relevantes debido a que los fondos con mayor inversión en renta fija obtuvieron un mayor rendimiento.

Según la Asociación de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AAFP), hasta febrero de 2023, se identificaron 151 mil 017 empleadores que no han realizado los depósitos de los aportes de sus trabajadores a sus fondos de pensiones. De este grupo, 92 mil 510 empleadores tienen un Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo.

La deuda previsional acumulada asciende a S/ 18,433 millones, afectando a 1 millón 202 mil 028 afiliados.

El programa Repro AFP-Privado permite a los empleadores acoger cualquier deuda previsional sin importar su estado de cobranza o si han sido objeto de algún régimen de fraccionamiento o regularización de aportes. Sin embargo, las deudas que formen parte de procedimientos concursales no pueden ingresar al programa.

En colaboración con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), las AFP deben facilitar a los empleadores la información sobre la deuda por aportes previsionales que puede ser objeto de acogimiento.

Las deudas consistirán en el monto de los aportes descontados a los trabajadores, más la rentabilidad generada con base en los rendimientos del Fondo 2 de las AFP. Además, las multas, recargos e intereses generados se extinguirán. Con la adhesión al Repro AFP-Privado, se suspenderán los procesos de cobranza judicial.

La deuda total puede ser fraccionada en hasta 60 cuotas. En caso de incumplimiento de pago, a la cuota vencida se aplicará la tasa de interés moratorio.