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Impuesto a la Renta Empresarial 2019: Conoce las nuevas disposiciones para la Declaración Jurada Anual

Con fecha 29 de diciembre del 2019, se publicó la R. Sup. N° 271-2019/SUNAT, mediante la cual se aprueban las disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2019.
Por Domiely Vargas Publicado: Últ. actualización: 30 mayo, 2020 10:03
2 minutos

Con fecha 29 de diciembre del 2019, se publicó la R. Sup. N° 271-2019/SUNAT, mediante la cual se aprueban las disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2019.

Dentro de los formularios aprobados, para presentar la información de tercera categoría, tenemos:

  • Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría.
  • Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría.
  • PDT N° 710: Renta Anual  – Tercera Categoría e ITF.

¿Qué formulario estoy obligado a presentar?

Si durante el 2019 genere rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del RMT, y siempre que me encuentren  en alguno de los siguientes supuestos, entonces estoy obligado a presentar el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría.

  1. Sus ingresos netos superen las 1 700 UIT.
  2. Gocen de algún beneficio tributario.
  3. Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.
  4. Estén obligados a presentar la declaración jurada anual informativa Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País.
  5. Estén obligados a presentar el balance de comprobación.
  6. Pertenezcan al sistema financiero.
  7. Hayan presentado el anexo a que se refiere el artículo 12 del Reglamento del ITAN, aprobado por Decreto Supremo N.° 025-2005-EF, mediante el cual se ejerce la opción de acreditar los pagos a cuenta del Impuesto contra las cuotas del ITAN.
  8. Hayan intervenido como adquirentes en una reorganización de sociedades.
  9. Deduzcan gastos en vehículos automotores asignados a actividades de dirección, representación y administración, de conformidad con lo dispuesto en el inciso w) del artículo 37 de la Ley.
  10. Hayan realizado operaciones gravadas con el ITF, conforme a lo previsto en el inciso g) del artículo 9 de la Ley del ITF.

De no incurrir en alguno de los supuestos indicados, entonces estoy obligado a declarar en el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría.

Con respecto al PDT N° 710, sólo se estará obligado a utilizar en forma excepcional cuando por causas no imputables al contribuyente, se encuentre imposibilitado de utilizar los formularios virtuales.

Balance de comprobación

Los contribuyentes que al 31 de diciembre de cada ejercicio hubieren generado ingresos superiores a 1 700 UIT correspondientes al referido ejercicio, están obligados a consignar en la Declaración, como información adicional, un balance de comprobación.