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Sunafil empezará a fiscalizar que hombres y mujeres ganen igual

Sunafil aprobó el Protocolo para la Fiscalización de las Obligaciones en Materia Remunerativa y la Guía para establecer los cuadros de funciones, que buscarán reducir brecha salaria entre hombres y mujeres.
Por Fergie Noé Publicado: Últ. actualización: 30 mayo, 2020 23:28
2 minutos

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) publicó el Protocolo para la Fiscalización de las Obligaciones en Materia Remunerativa previstas en la Ley que Prohíbe la Discriminación Remunerativa entre Varones y Mujeres.

La ley prohíbe la discriminación remunerativa y exige a las empresas a determinar las categorías, funciones y remuneraciones que permitan la ejecución del principio de igual remuneración por igual trabajo.

El Protocolo para la Fiscalización de las Obligaciones en Materia Remunerativa tiene como objeto establecer las reglas y pautas para la fiscalización de las obligaciones en materia remunerativa, mediante la determinación de categorías, funciones y remuneraciones que permitan la ejecución del principio de igual remuneración por igual trabajo.

Las medianas y grandes empresas empezarán a ser fiscalizadas desde el primero de julio de este año, mientras que la supervisión para las micro y pequeñas empresas empezará el primero de diciembre del 2019.

La brecha salarial entre varones y mujeres en el Perú es de alrededor de 30%, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

En el diario oficial también se publicó la “Guía Metodológica para la Valoración Objetiva, sin Discriminación de Género, de Puestos de Trabajo y Elaboración de Cuadros de Categorías y Funciones«.

Puntos clave

  • La ley señala la obligación del empleador de establecer cuadros de categorías y funciones de los puestos de trabajo, en los que haya una descripción general de las características de los empleos.
  • Además, debe fijarse un orden y una jerarquía de las categorías en base a su valorización y a la necesidad de la actividad económica. 
  • El reglamento indica que la evaluación objetiva de los empleos puede llevarse a cabo por medio de cualquier metodología elegida por el empleador, la cual no debe implicar discriminación directa o indirecta por motivo de sexo.
  • La norma establece que el Ministerio de Trabajo con la Sunafil y las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, realicen anualmente acciones de sensibilización y difusión sobre lo dispuesto en la “Guía Metodológica para la Valoración Objetiva, sin Discriminación de Género, de Puestos de Trabajo y Elaboración de Cuadros de Categorías y Funciones”.

Vía RPP.

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Por Fergie Noé

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