La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) autorizó a las entidades financieras a modificar las condiciones originales de los créditos de empresas y personas naturales cuya capacidad de pago se vea afectada de forma transitoria por el Fenómeno El Niño.
La medida busca ajustar los cronogramas de pago a los nuevos flujos de ingresos de los deudores, sin que ello perjudique su historial crediticio.
¿Qué debe hacer el deudor?
La reprogramación no es automática: el deudor debe acercarse a la entidad financiera con la que mantiene el crédito para solicitar la evaluación de su caso, ya que es cada banco, caja o financiera la que decide, dentro de los criterios fijados por la SBS, si aplica la modificación del cronograma.
Antes de acudir, conviene que el deudor revise si su zona cuenta con declaratoria de estado de emergencia regional o sectorial, pues eso puede darle acceso a las flexibilizaciones adicionales mencionadas en el oficio.
También es recomendable que solicite por escrito la constancia de que la modificación se procesa como reprogramación y no como refinanciación, para evitar que el cambio afecte su calificación crediticia.
¿Por qué la SBS toma esta medida?
La entidad explicó que ante circunstancias excepcionales y temporales que pueden afectar transitoriamente la capacidad de pago de empresas y personas naturales con buen comportamiento crediticio, las empresas del sistema financiero están facultadas para adecuar los contratos a los nuevos flujos de ingresos esperados del deudor.
El objetivo es evitar que un evento externo, y no un problema estructural de pago, termine perjudicando el historial financiero de quienes cumplían puntualmente antes de la emergencia.
¿Cómo funciona la flexibilización?
A través de un oficio múltiple enviado a las entidades financieras, la SBS estableció que estas modificaciones contractuales no serán consideradas refinanciaciones, siempre que respondan a eventos excepcionales y temporales, no deriven de un deterioro permanente de la capacidad de pago y cumplan con los criterios fijados en el oficio.
Entre esos criterios están la evaluación individual de cada deudor, su clasificación de riesgo —que debe ser Normal o Con Problemas Potenciales—, el número máximo de días de atraso que puede tener el crédito, los límites para extender el plazo original y cuántas veces puede reprogramarse.
Las reglas cambian según se trate de créditos minoristas o no minoristas.
Coordinación con otros sectores del Gobierno
La SBS trabajó la medida junto con el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y el equipo técnico del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
«Como parte de las coordinaciones para la adopción de medidas ante el posible impacto del Fenómeno El Niño, hemos venido trabajando con el ministerio de la Producción y nos hemos reunido con el ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y con el equipo técnico del MEF», dijo Sergio Espinosa, superintendente de Banca, Seguros y AFP.
El oficio múltiple incorpora, además, flexibilizaciones adicionales orientadas específicamente a los deudores afectados por declaratorias de estado de emergencia regional y sectorial, un grupo al que se aplican condiciones distintas a las del resto de deudores.