El 26 de julio, el Gobierno aprobó una nueva ley que incluye un paquete de créditos suplementarios. Este paquete busca ayudar a financiar gastos relacionados con la reactivación económica y otras medidas. Sin embargo, limita la negociación colectiva para 2024 a temas laborales que no incluyan dinero. Esto significa que no se podrán discutir aumentos de sueldos o bonos adicionales, y se busca aplicar lo mismo para el año siguiente.
En el proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para 2025, el artículo 6° prohíbe directamente los aumentos de salarios en el sector público. Esta prohibición se establece para asegurar que no haya incrementos en las remuneraciones.
Además, «Queda prohibida la aprobación de nuevas bonificaciones, beneficios, asignaciones, incentivos, estímulos, retribuciones, dietas, compensaciones económicas y conceptos de cualquier naturaleza con las mismas características señaladas anteriormente», según la Ley. Esto incluye cualquier aumento de remuneraciones dentro de los límites establecidos para cada cargo.
La ley de créditos suplementarios limita la negociación colectiva para 2024 a temas laborales que no incluyan dinero, como aumentos de sueldos o bonos extras. Esta misma restricción también se quiere aplicar para el año 2025.
Congreso inconforme con artículo 28
En los últimos meses, se han presentado doce proyectos de ley en el Congreso para eliminar el artículo 28 de la Ley de créditos suplementarios. Este artículo ya fue promulgado y se considera que “vulnera el derecho constitucional a la negociación colectiva de los servidores públicos”.
El proyecto de ley presentado por Sigrid Bazán, uno de los doce, menciona que “dicha norma no contó con la revisión técnica y el debate necesario”. Esto significa que el artículo 28, que regula la negociación colectiva, perjudica a los servidores públicos.
Los diferentes proyectos de ley, aunque varían en detalles, comparten razones similares para su propuesta. Todos buscan eliminar el artículo 28 y provienen de distintas bancadas del Congreso.
Proyectos presentados por el congreso
- LEY QUE RESTITUYE A LOS TRABAJADORES ESTATALES EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA NEGOCIACION COLECTIVA DESCENTRALIZADA de Cortez Aguirre, Isabel.
- LEY QUE DEROGA EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY 32103 de Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro.
- LEY QUE DEROGA EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY 32103 de Reymundo Mercado, Edgard Cornelio.
- LEY QUE DEROGA EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY N° 32103 de Quito Sarmiento, Bernardo Jaime.
- LEY QUE DEROGA EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY 32103 de Burgos Oliveros, Juan Bartolomé.
- LEY QUE GARANTIZA EL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA A TRAVÉS DE LA DEROGATORIA DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY N° 32103 de Jerí Oré, José Enrique.
- LEY QUE DEROGA EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY 32103 de Portalatino Ávalos, Kelly Roxana.
- PROYECTO DE LEY QUE ELIMINA LAS RESTRICCIONES A LOS DERECHOSLABORALES DEROGANDO EL ARTICULO 28 DE LA LEY 32103 de Vergara Mendoza, Elvis Hernán.
- LEY QUE DEROGA EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY N° 32103 de Bazán Narro, Sigrid Tesoro.
- LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE RECONOCE EL DERECHO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA A LOS TRABAJADORES PÚBLICOS de Ugarte Mamani, Jhakeline Katy.