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MVCS lanza primera convocatoria para el Bono de Arrendamiento para Emergencias

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) lanzó hoy la convocatoria que permitirá otorgar el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE).
Por Miguel Calle Infante
2 minutos
Bono de Arrendamiento

Hoy es la primera convocatoria que permitirá otorgar el Bono de Arrendamiento de Vivienda (BAE) a 48 familias que perdieron sus casas tras el deslizamiento ocurrido en Chavín de Huántar en Áncash, así lo dio a conocer el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Mediante la Resolución Ministerial N°254-2022-VIVIENDA, la convocatoria fuera aprobada y publicada hoy en el diario oficial El Peruano, esta resolución lleva la firma del ministro de MVCS, César Paniagua.

Este bono de arrendamiento es un subsidio de 500 soles mensuales que el MVCS entrega a las familias cuyas viviendas hayan resultado colapsadas o inhabitables debido a desastres naturales o inducidos por acción humana, eventos que deben contar con declaratoria de Estado de Emergencia y que hayan sido validadas como tales por el MVCS.

BAE: ¿Cuáles son los procedimientos para recibir el bono?

Las familias damnificadas deberán presentar sus solicitudes desde el 16 de setiembre hasta el 28 de octubre en la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar, ubicada en la Plaza de Armas N° 120, o en el Centro de Atención al Ciudadano del MVCS, en Jr. Esteban Castromonte N° 399, urbanización Pedregal Medio, en el distrito y provincia de Huaraz.

En ese contexto, las familias deberán descargar y llenar previamente los documentos que encontrarán en la página web del MVCS y del Fondo Mivivienda, y tendrán alrededor de 30 días hábiles contados desde la publicación de la convocatoria.

El primer documento contiene los datos de la familia, de la vivienda a arrendar y del arrendador; el segundo es la declaración jurada de que no se cuenta con otra vivienda en el departamento aparte de la que colapsó o quedó inhabitable.

Finalmente, el tercer documento es un contrato de arrendamiento suscrito entre el representante del grupo familiar y el arrendador de la vivienda, el cual debe tener firmas legalizadas. De lo contrario, se presenta una declaración jurada que indique que no se cuenta con los recursos necesarios para la legalización.

Los cobros de este bono se realizarán en el Banco de la Nación solo presentando el DNI.