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MTPE alista un decreto supremo para definir los criterios de la jornada de medio tiempo

Por Daniel Arteaga Publicado: Últ. actualización: 28 mayo, 2020 05:29
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El Ministerio de Trabajo (MTPE) informó que elabora un decreto supremo para definir “de manera clara” cuáles son las características de una jornada de medio tiempo o part-time.

Esto a propósito de la muerte de los jóvenes Carlos Gabriel Edgardo Campos (19 años) y Alexandra Antonella Porras (18 años) que trabajaban en el restaurante de comida rápida McDonald’s en jornada parcial.

Los trabajadores a nivel nacional pueden ser contratados bajo el régimen laboral de tiempo completo o medio tiempo.

“De esta manera, buscamos brindar, tanto a empleadores como a trabajadores y público en general, parámetros claros que contribuyan a una mejor aplicación de la modalidad part time”, señaló al diario El Comercio.

Cálculo de la jornada

A mediados de noviembre, el MTPE emitió un informe que fija las reglas para la contratación de trabajadores a tiempo parcial o “part time”.

Según el documento se considera que un trabajador se encuentra dentro del régimen a tiempo parcial si labora menos de cuatro horas diarias, y para ello se considera cumplido ese requisito si la jornada se divide entre cinco o seis días.

El MTPE aclaró que esos cinco o seis días se refieren a la jornada de la empresa, con independencia a la jornada que el trabajador labora.

Por ejemplo, en el caso de un trabajador que labora un día de 5 horas y los demás días en 3 horas, tendrá en promedio 3.4 horas o 3.3 horas, en promedio, respectivamente si se divide entre cinco o seis días de la jornada de la empresa.

Beneficios

A estos trabajadores a tiempo parcial les corresponden un pago proporcional a la remuneración mínima (hoy en S/ 930).

También les toca recibir el pago de la Asignación Familiar (S/93), si tiene hijos menores de edad, equivalente al 10% de la remuneración mínima.

El pago por feriados no laborables, descanso semanal obligatorio, gratificaciones utilidades, seguro social, sistema de pensiones y vacaciones.

Sin embargo, ante un despido arbitrario los trabajadores a “medio tiempo o part time” no recibirán indemnización alguna ni el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).