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MEF regula la devolución del ISC del diésel, ¿cómo beneficiará a los transportistas?

Los vehículos de transporte terrestre beneficiados deberán contar con Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente.
Por Gabriel Naquiche
2 minutos

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) realizó una modificatoria en el reglamento de la norma que regula la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) al combustible diésel para aquellos transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre de personas.

Según el Decreto Supremo Nº 164-2023-EF publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se modifica el anexo II del reglamento que establece los márgenes de antigüedad de los vehículos que son materia del beneficio.

A diferencia de la anterior norma, la cual establecía que para el primer año de vigencia de la norma se beneficiaba a los vehículos con una antigüedad no mayor a 20 años. Para el segundo año de vigencia de la norma, no mayor a veinte años y para el tercer año de vigencia de la norma, no mayor a 15 años.

Con este nuevo Decreto Supremo se incluye en el anexo que, para el cuarto año de vigencia de la norma, se beneficiarán a los vehículos con antigüedad no mayor a treinta 30 años. Para el quinto año de vigencia de la Norma, no mayor a 30 años y para el sexto año de vigencia, no mayor a 25 años.

Inspección al vehículo

El reglamento también indica que para el cuarto, quinto y sexto año, los vehículos beneficiados deberán contar con Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente.