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Ley de explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas, ¿cómo afecta a los jugadores?

Los jugadores de apuestas deportivas y/o juegos a distancia tendrán que cumplir con los nuevos requisitos que ha propuesto el Mincetur.
Por Gabriel Naquiche Publicado: Últ. actualización: 30 junio, 2023 09:46
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El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó la nueva Ley Nº 31806, la cual se refiere a la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.

Juan Carlos Mathews, titular del Mincetur, afirmó que el Ejecutivo y el Legislativo llegaron a un acuerdo para que esta nueva norma permita impulsar las inversiones en este sector y un juego responsable.

Restricciones para los jugadores

Las restricciones para aquellos jugadores -de nacionalidad peruana y extranajera- es que tendrán que resgistrarse de manera formal en las casas de apuestas deportivas y juegos a distancia. Cabe resaltar que solo podrán participar personas mayores de edad (mayores de 18 años).

Asimismo, el jugador deberá realizar el pago de sus apuestas con dinero circulante, tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago. Sin embargo, no se aceptarán las criptomonedas.

Del mismo modo, cuando la persona reciba premios, estos podrán ser cobrados por el medio de pago que el jugador elija. También puede recibir el premio mediante una cuenta a su nombre abierta en una empresa del sistema financiero bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).

Dispocisiones para las empresas

El Mincetur ha dispuesto que las empresas autorizadas tendrán que poseer una plataforma tecnológica con la extensión “.bet.pe”, “.bet”, “.com”, “.pe” o “.com.pe” obtenida de una entidad pública o privada u organización responsable de otorgar los dominios con las extensiones antes referidas.

En caso de no cumplir con los requisitos que exigen las leyes, la persona será reprimida con pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años, con 365 multa e inhabilitación para ejercer dicha actividad.