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Indecopi multa con más de S/282 mil a empresa por no llevar a Messi a evento de Meet & Greet en Lima

La entidad sancionó a Sound Music Entertainment S.A.C. por incumplimientos en un Meet & Greet realizado antes del amistoso entre Inter Miami y Universitario. También ordenó devolver dinero a 42 asistentes.

Por Renzo Reusche
2 minutos
Indecopi multa con más de S282 mil a empresa por caso Messi
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La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi impuso una multa de más de S/282,000 a Sound Music Entertainment S.A.C. y a su gerente general por fallas detectadas en el evento Meet & Greet organizado en Lima en enero de 2025, en el marco del partido amistoso entre Inter Miami y Universitario.

La autoridad concluyó que la empresa generó expectativas sobre la presencia de Lionel Messi y que esa expectativa influyó en la decisión de compra de los asistentes.

Según la resolución, antes del evento se difundieron declaraciones que llevaron al público a entender que el futbolista argentino participaría en la actividad previa al encuentro.

Sin embargo, recién en el lugar se informó a los consumidores que Messi no formaría parte del Meet & Greet.

Incumplimientos que detectó la autoridad

Indecopi también verificó otros cambios respecto de lo ofrecido. La cena incluida en la experiencia fue reemplazada por un coffee break y los asistentes no recibieron información oportuna sobre el horario del evento.

Además, la comisión concluyó que la empresa no devolvió a todos los afectados el valor proporcional de las entradas pese a que el servicio no se prestó en las condiciones prometidas.

Por estos hechos, Sound Music Entertainment S.A.C. recibió una sanción de 35.47 UIT, mientras que su gerente general, Jahyr Andre Prada Whiltimbury, fue multado con 15.47 UIT por no adoptar medidas para evitar los incumplimientos. La resolución quedó firme porque la empresa no presentó apelación.

Indecopi ordenó devolver dinero a 42 consumidores

Como medida correctiva, la entidad ordenó a la compañía devolver el dinero correspondiente a los beneficios no brindados a 42 consumidores afectados. El plazo fijado fue de 15 días hábiles.

El caso deja una señal sobre la obligación de las empresas que organizan experiencias o eventos con figuras de alto perfil: la publicidad y las promesas comerciales deben coincidir con lo que finalmente recibe el consumidor.