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Indecopi confirma sanción a Gloria, Nestlé y Laive por mal etiquetado

El Tribunal de Indecopi confirmó la sanción contra las empresas Gloria, Nestlé y Laive con una multa equivalente a S/ 9,573,967.
Por Juan Carlos Villacorta Publicado: Últ. actualización: 30 mayo, 2020 22:25
2 minutos

El Tribunal de Indecopi confirmó la sanción contra las empresas Gloria, Nestlé y Laive con una multa total de 2,306.98 UIT equivalente a S/ 9’573,967 por consignar el término «leche» en productos que no correspondían.

«La Sala de Protección al Consumidor sancionó a las empresas investigadas en la medida que consignaron el término “leche” en el rotulado de los referidos productos, cuando según lo establecido en el numeral 4.6.3. y 4.6.4 de la Norma Codex Stan 206-1999, Norma General para el uso de términos lecheros, se prohibía el uso de dicho término para este tipo de productos», explicó Indecopi.

Sin embargo, el Tribunal decidió reducir la multa porque no se podía sancionar dos veces por el mismo hecho.

Multa a detalle

Todos estos productos fueron denominados como leche, cuando no lo eran:

Gloria

Productos sancionados: Pura Vida Nutrimax, Bonlé Leche Evaporada Familiar, Bonlé Leche Evaporada Deslactosada, Bonlé Leche Evaporada (Bolsitarro), Bonlé Leche Evaporada Light (tetrapack) y Pura Vida Nutrimax (Bolsitarro).
Multa: S/4.84 millones

Nestlé Perú

Productos Sancionados: Ideal Amanecer, Reina del Campo e Ideal Light en presentación lata.
Multa: S/2.86 millones

Laive

Productos Sancionados: Laive Evaporada Vitaminizada –(Tetrapack y Bolsitarro), Laive 0 % Lactosa y Laive Light.
Multa: S/1.86

Apelarán al Poder Judicial

La empresas Gloria apelará ante el Poder Judicial la sanción impuesta por el Indecopi por vender productos lácteos como si fueran leche, informó la empresa.

En un comunicado señaló que en ningún momento ha consignado en sus productos una denominación que no corresponde a su verdadera naturaleza, únicamente ha cumplido y seguirá cumpliendo con lo exigido y dispuesto por la autoridad competente: la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa).

«Continuaremos ejerciendo nuestro derecho de defensa ante lo resuelto, de manera ilegal, por el Indecopi, recurriendo al Poder Judicial vía Acciones Contencioso Administrativas, pues consideramos que dichos pronunciamientos no se ajustan a derecho al desconocer los criterios establecidos por la autoridad competente en esta materia», advirtió.

Lo mismo ocurre con Nestlé, quien indicó que cumple con los requisitos previstos por Digesa:

«Nestlé cumplió, cumple y cumplirá lo exigido por Digesa, autoridad encargada de entregar los registros sanitarios, requisito indispensable para poder comercializar los productos de la compañía para nuestro público peruano. En este caso, cumplió con la normativa para la denominación de los productos lácteos», dijo la marca en un breve texto.

Por último, Laive destacó que, al igual que Gloria y Nestlé, también recurrirá al Poder Judicial.

«Laive está convencida de que su comportamiento siempre se ha caracterizado por un estricto apego a las normas que regulan el sector alimentos, por lo tanto, recurrirá a instancias correspondientes», señaló en un comunicado.