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Ejecutivo transferirá más de S/1,171 millones al Midis para financiar el bono 270 soles

El subsidio está dirigido a 4 millones 251,464 personas en condición de pobreza y pobreza extrema basado en el padrón general de hogares.
Por Gabriela Bárcena
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A través del Decreto Supremo N° 240-2022-EF, el Ejecutivo autorizó transferir S/1,171 millones 767,919 al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), con la finalidad de financiar el pago del bono 270 soles.

El DS se encuentra firmado bajo la rúbrica del presidente Pedro Castillo; la titular del Midis, Diana Boluarte; y el titular del MEF, Kurt Burneo.

Cabe resaltar que este bono está dirigido a personas mayores de edad en situación de vulnerabilidad económica debido al alza de precios.

Es así que, la norma aprobada por el Ejecutivo, autorizó el traslado de partidas en el presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2022, con el fin de financiar este subsidio autorizado en la Ley N° 31538.

Asimismo, en el numeral 22.1 del artículo 22 de la lay, se dispone que este bono de 270 soles, llamado bono alimentario, se encuentra dentro del marco del registro nacional para medidas covid-19.

Por otro lado, los recursos de este financiamiento no puede ser destinado para fines distintos que los establecidos.

Bono alimentario

El Midis, recientemente aprobó el padrón de beneficiarios del bono alimentario, o bono 270 soles, por medio de la Resolución Ministerial N° 150-2022.

Los parámetros para el padrón, se basan en el Decreto Supremo N° 003-2022. Por ello, el subsidio está dirigido a 4 millones 251,464 personas en condición de pobreza y pobreza extrema basado en el padrón general de hogares.

Gracias a esto, se podrá subsidiar a 2 millones 559,580 hogares del Perú, incluyendo familias pertenecientes a los programas Juntos, Pensión 65 y Contigo, que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria.

Además, también se entregará el bono a las familias que no figuren en los registros de la planilla pública y privada, a excepción de los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa. Asimismo, a los hogares cuyos ingresos no superen la RMV de S/1025.