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Con estos pasos podrás obtener la constancia de cese de tu empresa

La empresa para la que laboró tiene un plazo de 48 horas de producido el cese para emitir dicha constancia.
Por Fergie Noé Publicado: Últ. actualización: 28 mayo, 2020 05:07
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A través de un Decreto Supremo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), incorporó tres artículos en el Reglamento de la ley de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Con dichos artículos se establece que el procedimiento administrativo para el otorgamiento de la constancia de cese para poder retirar la CTS debe ser la Autoridad Inspectiva de Trabajo la que evalúe si es que existe un silencio administrativo por parte de la empresa.

Hay que indicar que la empresa para la que laboró tiene un plazo de 48 horas de producido el cese para emitir dicha constancia sino dará lugar a que la Autoridad Inspectiva de Trabajo, sustituyendo al empleador, extienda dicha certificación en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de presentada dicha solicitud.

Pasos para obtener la constancia de cese

Para el procedimiento administrativo de otorgamiento de constancia de cese, el trabajador cesante debe presentar los siguientes requisitos:

  • Solicitud que contiene como mínimo información respecto a la identificación del trabajador cesante, del empleador obligado, así como del banco o entidad financiera.
  • Copia simple de un documento que acredite el cese del trabajador, tales como la liquidación de beneficios o el certificado de trabajo u otros relacionados.
  • Copia simple de un documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria de compensación por tiempo de servicios del trabajador cesante. En caso de no poder cumplir con el segundo requisito, la autoridad a cargo del procedimiento da trámite a la solicitud, debiendo realizar posteriormente acciones de verificación, a fin de constatar el cese del trabajador y evaluar la viabilidad de otorgar la constancia de cese.

Vía La República.