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¡Atención, mypes! Estas son las medidas de la SUNAT para la semana del 9 al 13 de enero

Conoce los beneficios para los contribuyentes con ingresos de hasta 1700 UIT entre noviembre 2021 y octubre 2022.
Por Infomercado
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mypes

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) emitió disposiciones para permitir a los contribuyentes de las micro y pequeñas empresas (mypes) cumplir con sus obligaciones tributarias.

Según la Resolución 00001-2023/SUNAT, desde el lunes 9 hasta el viernes 13 de enero, las mypes pueden, de manera excepcional, presentar su solicitud a la SUNAT y retirar hasta el 100% de las detracciones del IGV y/o IVAP, lo que implica una inyección de hasta S/ 960 millones en términos de liquidez.

El beneficio incluye a los contribuyentes con ingresos de hasta 1700 UIT entre noviembre 2021 y octubre 2022. El trámite puede realizarse a través de la página de SUNAT – Operaciones en Línea.

Además, se prorroga por 30 días la declaración y pago de impuestos, planilla mensual y el llevado de libros y registros contables de enero, lo que representa una inyección adicional de S/ 3200 millones para la continuidad de sus actividades.

SUNAT: Prórrogas para mypes 2023

De acuerdo con la norma, se dispone lo siguiente:

  • La prórroga de las fechas de vencimiento para la declaración y el pago de sus obligaciones tributarias mensuales correspondientes al período diciembre de 2022, hasta las fechas de vencimiento que corresponden al período enero de 2023.
  • La prórroga de las fechas máximas de atraso de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras electrónicas correspondientes al mes de diciembre de 2022, hasta las fechas máximas de atraso que corresponden al período enero de 2023.

Ambas prórrogas se aplicarán también a los contribuyentes que en los periodos de noviembre de 2021 a octubre de 2022:

  • Sean sujetos del Nuevo RUS en todos esos períodos.
  • Sean personas naturales que no han tenido ingresos que califiquen como rentas de tercera categoría ni hubieran sido sujetos del Nuevo RUS.
  • Sean sujetos inafectos del impuesto a la renta, distintos al Sector Público Nacional.
  • Sean sujetos exonerados del impuesto a la renta y realicen, únicamente, operaciones exoneradas del Impuesto General a las Ventas (IGV).