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Catacaos: Comercio ambulatorio será sancionado hasta con 50% de una UIT

Se aplicarán multas económicas por un valor del 25% de la UIT, junto con el decomiso y retención de los productos.
Por Betsabé Saavedra Publicado: Últ. actualización: 10 julio, 2020 19:10
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El pleno del consejo de la Heroica Villa, aprobó, por mayoría, en el marco de la emergencia sanitaria, una ordenanza que prohíbe el comercio ambulatorio, en las calles aledañas a la congestionada zona del mercado de la ciudad.

Se aplicarán multas económicas por un valor del 25% de la UIT, junto con el decomiso y retención de los productos.

Los munícipes, en ese sentido, aprobaron que en caso de ser reincidente, la multa ascenderá a un 50 % de la UIT, lo que equivale a S/2,150.

Para ello se ha cercado el mercado y se considera zonas prohibidas, el cuadrante que comprende desde la intersección de la calle Comercio con Av. Cayetano Heredia hasta el cruce del Callejón los Sechuras.

Asimismo, la calle Ica con intersección con la calle Chorrillos, hasta la cuadra 9 de la calle Ica (intersección Calle Comercio) calle Chorrillos cuadra 4, 5,6 y calle Tomas Lazo.

La norma también incluye a quienes incumplan con las medidas de seguridad sanitaria. En estos casos, la sanción es del 25 % de la UIT y 50% si es reincidente.

De hacer caso omiso, se procederá con la clausura del local, hasta que se implementen las medidas de seguridad que garantice el cuidado de la salud de los vecinos.