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¿Temes que te quiten tu propiedad? Tres alternativas legales para protegerla

Infomercado conversó con Armando Rivera Franco, Socio Director Estudio Muñiz, en Piura, para conocer opciones válidas para reforzar o salvaguardar nuestra propiedad y defenderla ante cualquier escenario potencialmente negativo.
Por Infomercado Publicado: Últ. actualización: 13 agosto, 2021 12:17
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Uno de los derechos constitucionalmente protegidos en nuestro ordenamiento jurídico es la propiedad privada, el mismo que se puede ver afectado producto de las relaciones jurídicas entre privados o de políticas del Gobierno de Perú Libre. Pero, ¿cómo podemos salvaguardar nuestra propiedad?

Infomercado conversó con Armando Rivera Franco, Socio Director Estudio Muñiz, en Piura, para conocer opciones válidas para reforzar o salvaguardar nuestra propiedad y defenderla ante cualquier escenario potencialmente negativo.

Armando Rivera señala, previamente, que un «escenario potencialmente negativo» es cuando un tercero o el mismo estado ejerzan sus propias alternativas, es decir, por ejemplo, el estado podría disponer medidas expropiatorias contra lo que denominan “el acaparamiento de inmuebles”, medidas que, obviamente, no respetan el sistema normativo actual.

En ese sentido, el abogado del Estudio Muñiz nos comenta tres alternativas para proteger nuestra propiedad:

  • Constitución de un patrimonio familiar, mediante el cual, un bien inmueble se vuelve inembargable e inalienable, además, en caso el citado bien fuera expropiado, se garantiza que el justiprecio sea utilizado para la creación de un nuevo patrimonio familiar. Cabe precisar que su finalidad es proteger a la familia y su constitución no genera transmisión de la propiedad.
  • Anticipo de legitima, el cual es una suerte de herencia anticipada, útil para evitar la pérdida de los bienes que integrarán la futura masa hereditaria, a través de la transferencia en vida de los mismos, en favor de los sucesores.
  • Fideicomiso, el cual es un contrato por el que se otorga un determinado patrimonio a una empresa supervisada por la Superintendencia de Banca y Seguros, para que cumpla con un determinado fin, ya sea en beneficio del propio constituyente del fideicomiso (propietario) o de un tercero. Obteniendo con ello un patrimonio fideicometido que será diferente al patrimonio del constituyente así como el de la empresa fiduciaria. Esto permite que, por ejemplo, negocios de origen familiar se interesen por esta figura jurídica, con la finalidad de proteger y administrar el patrimonio familiar para el futuro.

De acuerdo con Rivera, las figuras legales señaladas no son los únicas pues, según el caso concreto, el bagaje jurídico es diverso para la defensa de sus intereses.