Las personas solteras podrían acceder por primera vez al Bono Familiar Habitacional (BFH) del programa Techo Propio. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) propuso eliminar la obligación de pertenecer a una familia para recibir este subsidio e incorporar la categoría de “familias unipersonales”.
La medida forma parte del proyecto de Reglamento de la Ley N.° 32379, aprobado mediante la Resolución Ministerial N.° 269-2026-VIVIENDA y puesto en consulta pública por el MVCS.
Con este cambio, una persona sola podría postular al beneficio siempre que cumpla los requisitos establecidos por el programa. Entre ellos, no ser propietaria de otra vivienda y no haber recibido previamente subsidios habitacionales del Estado.
El acceso aplicaría a las tres modalidades de Techo Propio: adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio y mejoramiento de vivienda.
Bonos de hasta S/52,250 para comprar vivienda
El proyecto mantiene los montos vigentes del Bono Familiar Habitacional, un subsidio directo que el Estado entrega a los beneficiarios y que no debe ser devuelto.
Para la compra de una vivienda unifamiliar, el bono puede alcanzar los S/52,250, siempre que el inmueble tenga un valor máximo de S/109,100.
En el caso de departamentos, el subsidio puede llegar hasta S/47,850 para viviendas con un precio máximo de S/136,100.
Además, Techo Propio contempla otros beneficios:
- Construcción en sitio propio: subsidio de S/33,000, con posibles incrementos según determinadas regiones.
- Mejoramiento de vivienda: bono de S/12,650.
El objetivo del programa es reducir la brecha habitacional y facilitar que hogares con menores ingresos puedan acceder a una vivienda con servicios básicos.
Nuevo mercado para vivienda social
El proyecto del MVCS también amplía la definición de los hogares que pueden ser considerados dentro de la política de vivienda social.
La propuesta reconoce distintas formas de organización familiar, como:
- Familias nucleares.
- Familias extendidas.
- Familias ensambladas.
- Familias unipersonales.
- Otras formas de organización familiar.
Esto permitiría que la política habitacional considere nuevas realidades sociales, como el crecimiento de personas que viven solas y buscan acceder a una vivienda propia.
Para el sector inmobiliario, la ampliación de beneficiarios podría significar una mayor demanda por proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS), especialmente aquellos vinculados a Techo Propio.
Alquiler social: una alternativa a la compra de vivienda
Otra de las novedades del reglamento es la incorporación de la vivienda en arrendamiento como una modalidad de acceso a vivienda social.
La propuesta plantea que el Estado pueda promover esquemas de alquiler social con subsidios, permitiendo que familias y personas solas accedan a una vivienda sin necesidad de comprar un inmueble.
El modelo podría aplicarse mediante mecanismos como:
- Asociaciones público-privadas.
- Fideicomisos comunitarios de tierras.
- Obras por impuestos.
- Viviendas de segundo uso.
Sin embargo, los detalles sobre los montos del subsidio, los beneficiarios y las condiciones específicas del alquiler deberán definirse en la implementación de la norma.
Más control sobre los proyectos y subsidios
El proyecto también crea el Registro Nacional de Vivienda (RENAVI), una herramienta que permitirá registrar y supervisar los proyectos de Vivienda de Interés Social.
El registro tendrá como objetivos:
- Mejorar la trazabilidad de los proyectos.
- Verificar el cumplimiento de requisitos.
- Transparentar la entrega de subsidios.
- Facilitar la fiscalización ante posibles irregularidades.
Además, las viviendas adquiridas con subsidios estatales no podrán venderse, alquilarse ni permanecer deshabitadas durante los primeros cinco años, salvo excepciones establecidas por ley.
Si un beneficiario incumple estas condiciones, podría perder el subsidio y quedar impedido de recibir nuevos apoyos del Estado.
Nuevos requisitos para construir viviendas sociales
El reglamento plantea nuevos estándares técnicos para los proyectos VIS.
Las viviendas unifamiliares deberán contar con un área mínima de 35 metros cuadrados. En el caso de departamentos, el mínimo será de 40 metros cuadrados.
De manera excepcional, podrían aprobarse viviendas desde 25 metros cuadrados si cumplen con condiciones de habitabilidad y acceso a servicios básicos.
También se regulan aspectos como áreas mínimas de lotes, frentes de terrenos y sistemas constructivos alternativos.
Municipalidades no podrán bloquear proyectos VIS
La propuesta establece que las municipalidades no podrán excluir ni restringir la ejecución de proyectos de Vivienda de Interés Social dentro de sus jurisdicciones.
El MVCS busca que exista una aplicación uniforme de la política nacional de vivienda y que las regulaciones locales no impidan el desarrollo de nuevos proyectos.
La cartera de Vivienda señaló que estas medidas buscan fortalecer la seguridad jurídica y ampliar la oferta habitacional para los sectores con mayores dificultades de acceso.
El proyecto de reglamento permanecerá en consulta pública durante 15 días. Durante ese periodo, ciudadanos, empresas y organizaciones podrán presentar comentarios y sugerencias antes de su aprobación definitiva.