El Gobierno oficializó un descanso de cinco días consecutivos para los trabajadores del sector público, entre el sábado 25 y el miércoles 29 de julio, dentro de un mes que reúne tres feriados nacionales. La medida busca impulsar el turismo interno y dinamizar la actividad económica, según estableció la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
El jueves 23 de julio es feriado nacional por el Día de la Fuerza Aérea del Perú (FAP), establecido mediante la Ley N.° 31822 en homenaje al capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales. A este descanso se suman los feriados del 28 y 29 de julio por Fiestas Patrias, en conmemoración de la Proclamación de la Independencia realizada por José de San Martín en 1821.
El día no laborable del 27 de julio
Mediante el Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM, el Ejecutivo declaró el lunes 27 de julio como día no laborable compensable para los trabajadores del sector público a nivel nacional. Con esta disposición, el descanso se extiende sin interrupción desde el sábado 25 hasta el miércoles 29 de julio.
En el sector privado, la aplicación de este día no laborable depende del acuerdo entre empleador y trabajador.
Cuánto se paga si se trabaja en feriado
Los feriados calendario están regulados por el artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 713, Ley de Descansos Remunerados, que garantiza el pago de la remuneración habitual sin que el trabajador preste servicios ese día. Si un trabajador labora durante un feriado y no recibe un descanso sustitutorio, debe recibir el pago correspondiente al feriado más una sobretasa del 100 % por la labor realizada, lo que equivale a un pago triple por esa jornada.
Tras julio, el calendario nacional de feriados para 2026 contempla el jueves 6 y el domingo 30 de agosto, el jueves 8 de octubre, el domingo 1 de noviembre, y el martes 8, miércoles 9 y viernes 25 de diciembre.