Finanzas

SBS reactiva medidas de excepción para créditos otorgados en zonas de emergencia

Por Karla Arbulu Publicado: Últ. actualización: 29 mayo, 2020 00:01
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Debido a los fenómenos climatológicos que vienen afectando diversas zonas del país y que han ocasionado la declaratoria de estado de emergencia por parte del Poder Ejecutivo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, mediante Oficio Múltiple N° 7480-2019-SBS de fecha 22.02.2019, ha dispuesto una medida para el sistema financiero.

Esta medida es para el caso de los créditos de deudores minoristas otorgados en zonas de emergencia, las medidas de excepción dispuestas en el mes de marzo de 2017, a raíz del Fenómeno del Niño Costero 2017.

La SBS señaló que estas medidas de excepción posibilita que las empresas del sistema financiero puedan modificar las condiciones crediticias de sus deudores minoristas sin que esto constituya una refinanciación, siempre que el plazo original del crédito no se extienda más allá de seis (6) meses y los deudores estén al día en sus pagos al momento de la declaratoria de emergencia.

Con ello, se busca mitigar las dificultades que podrían tener los deudores de dichas zonas para cumplir con el pago oportuno de los créditos que mantienen con empresas del sistema financiero.

Asimismo, el citado oficio establece que estas medidas podrán ser utilizadas, previa evaluación de las empresas del sistema financiero, en función a la materialización de los riesgos, la severidad de estos en términos de alcance geográfico, impacto económico y/o afectación de la capacidad de contactar al cliente; así como del análisis anticipado del efecto estimado de tales eventos sobre su portafolio de créditos.

Las empresas deberán también considerar algunos requisitos que buscan una adecuada evaluación de sus riesgos y la debida protección del consumidor.