El Ejecutivo implementó cambios para unificar los requisitos que permiten a las empresas acceder y mantenerse en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype). Para lograr esto, se aprobó el Decreto Legislativo N° 1643, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.
Este decreto deroga la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30056. Esta ley busca modificar diversas normativas para facilitar la inversión, fomentar el desarrollo productivo y estimular el crecimiento empresarial.
¿Cuáles son los cambios que presenta?
Con la nueva normativa, se eliminó la necesidad de cumplir con requisitos diferentes para la inscripción de las mypes, según la fecha de su constitución. Este cambio busca evitar el doble estándar que resultaba discriminatorio y contrario a la Ley N° 30056.
Además, el Decreto Legislativo N° 1643, publicado hoy, establece que el administrador del Remype compartirá la información de este registro con el Ministerio de la Producción (Produce). Por lo tanto, esta acción se realizará en coordinación con el ministerio, siguiendo las normas que regulan la interoperabilidad del Estado peruano.
El objetivo es que el Produce disponga de información actualizada, segura y oportuna sobre las empresas registradas en el Remype. Esto se logra tras la unificación de los requisitos para acceder y permanecer en dicho registro.
Asimismo, se aclara que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) supervisará el vínculo laboral en las empresas que forman parte del Remype. Esta supervisión se llevará a cabo conforme a la normativa vigente.