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Presenta tu declaración anual de renta 2020 a través de un smartphone, entérate aquí cómo hacerlo

Con un smartphone conectado a internet y desde la casa, las personas pueden presentar, de manera rápida y sencilla, la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR) 2020; y de efectuar al pago correspondiente, fraccionarlo o, de ser el caso, solicitar la devolución del saldo a favor.
Por Infomercado
2 minutos

Con un smartphone conectado a internet y desde la casa, las personas pueden presentar, de manera rápida y sencilla, la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR) 2020; y de efectuar al pago correspondiente, fraccionarlo o, de ser el caso, solicitar la devolución del saldo a favor.

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¿Cómo hacerlo?

  1. Ingresar al APP Personas Sunat (disponible en  Google Play o APP Store)
  2. Luego dirigirse a “Declaración de Renta”
  3. Digitar su RUC o DNI e ingresar contraseña
  4. Seleccionar el ejercicio 2020 – Formulario Virtual 709

Cabe resaltar que esta facilidad está disponible 24/7 para todos los contribuyentes de cuarta o cuarta y quinta categorías (trabajadores independientes y/o dependientes); y los de primera y segunda categorías (con ingresos por alquileres o venta de activos).

¿Qué sigue después?

Si todo es conforme, solo deben dar clic en “Presentar la Declaración” e inmediatamente después podrán acceder a un enlace para efectuar el pago correspondiente, con tarjeta de crédito o débito, cargo en cuenta o mediante el Número de Pago Sunat (NPS).

Quienes tengan un saldo a su favor, pueden elegir, en ese momento, la opción de abono en cuenta (siempre que haya registrado previamente su Código de Cuenta Interbancaria en Sunat Operaciones en Línea), la orden de pago financiera o un cheque (para montos mayores a 10 UIT).

¿ Y el fraccionamiento?

A través del APP Personas Sunat también se puede solicitar el fraccionamiento de su deuda, si no lo hizo cuando presentó la declaración anual, tienen la opción de acceder a este beneficio transcurridos 5 días hábiles de la fecha en que realizó el trámite.

Cabe indicar que la deuda a fraccionar o fraccionar y aplazar debe ser mayor o igual al 10% de la UIT, para el año 2021 equivale a 440 soles, mientras que la cuota del fraccionamiento no puede ser menor al 5% de la UIT (220 soles). La tasa mensual es equivalente al 0.8%.