El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha tomado la decisión de sancionar a Telefónica por infringir el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Ello se debe a que no atendió cuatro reclamos presentados por un usuario en su Libro de Reclamaciones sobre el servicio ‘Movistar Play’.
En segunda y última instancia, la Comisión de Protección al Consumidor N°2 del Indecopi, indicó que se le multará con S/46,000 (10 UIT).
Mediante la Resolución Final N°2469-2022/CC2, la Comisión señaló que, si bien Telefónica contestó los reclamos interpuestos por el denunciante dentro del plazo legal, el contenido de dichas respuestas no solucionó los cuestionamientos del consumidor.
Sin embargo, Telefónica apeló señalando que los reclamos del usuario son competencia del Osiptel y solicitó la improcedencia de la denuncia.
Ante esta negativa, la Comisión resolvió que ‘Movistar Play’ no constituye un servicio público de telecomunicaciones, sino un servicio ‘Over The Top’(OTT), definido por el Osiptel como cualquier contenido, servicio o aplicación que se brinda a través del servicio de acceso a internet.
Por esta razón, el Indecopi tiene derecho a revisar estos tipos de servicios y sancionar en caso lo amerite.