Elecciones 2021

Fuerza Popular: JNE declaró infundadas diez apelaciones por pedidos de nulidad

Los expedientes llegaron en apelación hasta dicha instancia suprema desde los Jurados Electorales Especiales (JEE) de Pasco (tres casos), Huari (dos), Huaraz (dos) Chota (dos) y Arequipa (uno).
Por Infomercado
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Fuerza Popular: JNE declaró declaró infundadas diez apelaciones por pedidos de nulidad.

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundados diez recursos de apelación por pedidos de nulidad de actas que fueron programados para su revisión este miércoles en audiencia pública.

Los expedientes llegaron en apelación hasta dicha instancia suprema desde los Jurados Electorales Especiales (JEE) de Pasco (tres casos), Huari (dos), Huaraz (dos) Chota (dos) y Arequipa (uno).

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Cabe señalar que Fuerza Popular presentó todos los recursos y estuvieron referidos a la presunta falsificación de firmas.

Tras una deliberación de más dos horas, el pleno determinó que no se acreditó la presunta falsificación y que tampoco se pudo demostrar un supuesto favorecimiento a algún candidato.

Asimismo, se acordó remitir las pericias presentadas por Fuerza Popular al Ministerio Público para las investigaciones correspondientes.

Votos de los magistrados

En todos los casos, votaron a favor de declarar infundados los recursos los magistrados Jorge Luis Salas Arenas (presidente), Jovián Sanjinez Salazar y Jorge Rodríguez Vélez.

Por otro lado, Luis Arce Córdova se pronunció en contra.

El magistrado Arce Córdova consideró que previo al pronunciamiento debieron solicitarse las firmas consignadas en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Así como las listas de electores en las mesas de sufragio a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Durante las deliberaciones, se dio cuenta de informes de fiscalización que no encontraron irregularidades durante el proceso electoral.

Este jueves, a partir de las 9:30 de la mañana el pleno del JNE continuará con las vistas de las siguientes apelaciones.

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