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Descubre las fechas de los nuevos plazos para permanecer en la formalización minera

Se disponen nuevas fechas para cumplir requisitos y condiciones de permanencia para la formalización minera.
Por Guillermo Maza Publicado: Últ. actualización: 29 diciembre, 2020 17:30
2 minutos

Por medio del Decreto Supremo N° 032-2020-EM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) estableció los nuevos plazos para el cumplimiento de los requisitos y condiciones de permanencia por parte de los mineros inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo).

Requisitos

Estos requisitos y condiciones de permanencia en el Reinfo deben ser cumplidos de acuerdo al siguiente detalle:

  • Presentar el aspecto correctivo del Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (Igafom) ante la Dirección Regional de Energía y Minas competente o quien haga sus veces, hasta el 30 de abril del 2021 (era hasta el 31 de diciembre del 2020).
  • Presentar el aspecto preventivo del Igafom ante la Dirección Regional de Energía y Minas competente o quien haga sus veces, hasta el 31 de julio del 2021 (era hasta el 31 de diciembre del 2020).
  • Para las actividades mineras desarrolladas en zonas de amortiguamiento de Áreas Naturales Protegidas, los aspectos correctivo y preventivo del Igafom son presentados en una misma oportunidad, hasta el 30 de abril del 2021 (era hasta el 31 de diciembre del 2020).
  • Contar con la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en situación de activo, en renta de tercera categoría y actividad económica de minería, hasta el 30 de abril del 2021 (era hasta el 31 de diciembre del 2020).
  • Obtener la inscripción en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados hasta el 30 de abril del 2021 (era hasta el 31 de diciembre del 2020).
  • Declarar producción minera de forma semestral respecto de cada una de las actividades mineras inscritas en el Reinfo, a través de la extranet del Ministerio de Energía y Minas, en un plazo máximo de 30 días calendario posteriores al vencimiento del primer semestre del 2021.

Para determinar el cumplimiento de las condiciones y requisitos de permanencia, el Minem lo hará a través de la Dirección General de Formalización Minera.