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Congreso publica ley que crea las pensiones mínimas en las AFP y promueve los aportes voluntarios

La pensión mínima es decidida por el aportante y el monto no es menor a la Canasta Básica de Consumo (CBC).
Por Martha Seminario Rubio
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El Congreso de La República publicó el día de hoy, viernes 13 de enero, la Ley 31670: norma que crea las pensiones mínimas y promueve los aportes voluntarios alternativos con fines previsionales. Esto en beneficio a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones.

Dicha Ley tiene como finalidad el crear una mejor cultura previsional a través de la determinación de metas con miras a una jubilación con una pensión mínima y promover alternativas para los aportes voluntarios de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, con cargo a la devolución de impuesto a la renta de cuarta y quinta categoría, o devolución de cualquier otro tributo o saldo a favor a nombre del afiliado.

Es decir, acogerse a la pensión mínima es facultativo para el aportante; lo que, en ningún caso, lo priva del derecho a acogerse a los beneficios existentes en el Sistema Privado de Pensiones u otras leyes vigentes.

La pensión mínima es decidida por el aportante y es un monto no menor a la Canasta Básica de Consumo (CBC) determinada y publicada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), que le permite determinar una meta de ahorro durante el tiempo de aportes.

Con ello se establece el saldo mínimo de jubilación, que es el monto por mantener en la cuenta individual de capitalización del aportante al momento de jubilarse.

En el Artículo 5 de la presente Ley, se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a ampliar el alcance de los aportantes que pueden solicitar devoluciones de pago de impuestos de renta de cuarta y quinta categoría o de cualquier otro tributo o saldo que tenga como titular al afiliado, para abonarse a su cuenta individual de capitalización (CIC).

Cabe resaltar que la Ley en mención ha sido promulgada por el Congreso, en el cumplimiento del Art. 108 de la Constitución Política del Perú, ya que la Presidencia de la República venció los plazos constitucionales para hacerlo.