Finanzas

Congreso publica ley de devolución de aportes a la ONP: ¿Cómo será el proceso?

El Congreso publicó hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano la ley que plantea la devolución de los aportes registrados bajo el Decreto Ley 19990, administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Por Infomercado
1 minuto

El Congreso publicó hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano la ley que plantea la devolución de los aportes registrados bajo el Decreto Ley 19990, administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

La ley, aprobada por insistencia el último miércoles, establece de manera excepcional y por única vez la devolución de los aportes, hasta por una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), a los aportantes activos e inactivos.

Estos aportantes podrán acogerse a la devolución de sus aportes establecida en la presente ley, durante los 90 días hábiles posteriores a la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano.

Según lo dispuesto, la devolución de aportes se realizará de la siguiente manera:

1. Hasta el 50% de una UIT en el plazo máximo de 30 días calendario posteriores a la conformidad de la solicitud que otorga la ONP.

2. El saldo restante en el plazo máximo de 90 días calendario posterior al primer desembolso.

3. La ONP, en el plazo máximo de 30 días hábiles de recibida la solicitud del aportante activo o inactivo, de manera física, presencial o remota, emitirá la conformidad de dicha solicitud.

4. Si no hay pronunciamiento de la ONP, en el plazo previsto, se aplicará el silencio administrativo positivo.

De acuerdo con la ley, la devolución de los aportes mantienen la condición de intangibles y no pueden ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados.

No se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.