Sectores

Congreso aprobó disponer del 25% de los fondos de la AFP

La ley permite el retiro del 25% de los fondos de las AFP, con un tope máximo de S/ 12.900, en el marco de la emergencia por el COVID-19. El Presidente tiene 15 días hábiles para promulgarla u observarla. Se prevé lo segundo. De los 7 congresistas por Piura, solo 4 votaron (Quispe, Palomino, Slupú y Dioses). Los congresistas Franco Salinas, Edward Zárate y Mártires Lizana no se presentaron a votar.
Por César Flores Córdova Publicado: Últ. actualización: 28 mayo, 2020 16:40
2 minutos

El Congreso aprobó la ley que permite el retiro del 25% de los fondos de las AFP, con un tope máximo de S/ 12.900, en el marco de la emergencia por el COVID-19.

La autógrafa será remitida al Poder Ejecutivo, donde el presidente Martín Vizcarra tiene un plazo de 15 hábiles para promulgar la norma o presentar observaciones, por lo que el texto retornaría al Poder Legislativo. Se prevé que esto último suceda.

La votación fue de 107 a 4. No hubo abstenciones.

Los parlamentarios que votaron en contra de la aprobación de la norma fueron algunos representantes del Partido Morado (Alberto de Belaunde, Daniel Olivares, Francisco Sagasti y Zenaida Solís).

De los 7 congresistas por Piura, solo 4 votaron (Quispe, Palomino, Slupú y Dioses). Los congresistas Franco Salinas, Edward Zárate y Mártires Lizana no se presentaron a votar.

La ley aprobada en un debate que se prologó por poco más de cinco horas permite a los afiliados retirar el 25% de sus fondos en el sistema privado de pensiones, con un tope un mínimo de retiro equivalente a 1 UIT (S/4.300) y un máximo equivalente a 3 UIT (S/12.900).

Asimismo, se detalla que la entrega será en dos armadas: 50% a los 10 días calendario de presentada la solicitud, y el otro 50% a los 30 días calendario después del primer desembolso.

En los casos que el afiliado tenga menos del equivalente a 1 UIT, el retiro será al 100% y en una sola oportunidad.

Precisiones a la norma

Durante el debate se incluyeron algunas modificaciones de forma en la redacción.

Se incluyó una disposición donde se establece que los afiliados beneficiados por las medidas del gobierno podrán acogerse a la presente norma, descontando la suma recibida (hasta S/2.000, según lo dispuesto por el Ejecutivo.

Además de especificarse que no se deroga ni suspende la vigencia de otras normas relacionadas al retiro total o parcial de los fondos de las AFP.

Por último, se incluyó otra disposición que declara de necesidad pública la reforma de los sistemas públicos y privado de pensiones.