Aquellos establecimientos comerciales que entreguen o comercialicen bolsas de plásticos no biodegrables, serán sancionados con una multa de hasta S/ 546,000.
El último domingo, el Ministerio del Ambiente emitió la propuesta de reglamento de la citada norma, a fin de recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados en diez días.
Sanciones
La prepublicación da cuenta, asimismo, que aquellos negocios que entreguen bolsas de plástico que no sean reutilizables y cuya degradación genere contaminación también serán propensas a recibir una multa de hasta 130 UIT (S/ 546,000).
En tanto, que vender sorbetes o envases de tecnopor para bebidas y alimentos de consumo humano en playas, museos y en áreas naturales protegidas será sancionado con una multa que va desde los 8 UIT hasta 130 UIT.
La propuesta de reglamento también da cuenta que se sancionará si se entrega o vende vajillas y utensilios de mesa de plástico para alimentos y bebidas de consumo humano, cuya degradación genere contaminación. En concreto: sanción para aquellos que infrinjan la norma va desde 8 UIT (cuando es leve) hasta los 130 UIT.
La fiscalización e imposición de la multa empezará hacerse efectiva desde el 2021, tomándose en cuenta que la ley de plásticos precisa que los comercios en general, tienen un plazo de 36 meses para reemplazar en forma progresiva la entrega de bolsas de base polimérica no reutilizable, por bolsas reutilizables u otras cuya degradación no generen contaminación.
El reglamento que tiene como propósito la efectiva implementación de la ley de plásticos también dispone la creación de una comisión multisectorial de naturaleza permanente que propondrá políticas y lineamientos para la gestión integral del plástico de un solo uso y la transición hacia la economía circular.
La misma que estará integrada por los ministerios del Ambiente, Producción, Economía y Finanzas, Comercio Exterior, Educación, Indecopi, Concytec y por la Asociación de Municipalidades del Perú.