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SBS exigirá a bancos y cajas evaluar cada año que su capital resiste una crisis

Las entidades financieras deberán proyectar su solvencia a tres años con dos escenarios de estrés. El primer informe se presentará en abril de 2027.

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SBS patrimonio efectivo reglamento
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) obligará a bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales a evaluar cada año si su patrimonio efectivo alcanza para cubrir sus riesgos en los próximos tres años, bajo un escenario base y dos escenarios de estrés. La medida figura en la Resolución SBS N.° 02387-2026, publicada este miércoles 30 de setiembre en el diario oficial El Peruano.

Los resultados irán en un nuevo documento, el Informe de Autoevaluación de Suficiencia de Patrimonio Efectivo (IASPE), que reemplaza al Informe de Autoevaluación de Suficiencia de Capital (IASC) que el regulador pedía desde 2009. El reglamento entra en vigencia el 1 de diciembre de 2026 y el primer informe, con cifras al cierre de ese año, deberá llegar a la SBS en abril de 2027.

Según la SBS, la norma sigue las mejores prácticas internacionales. Cada entidad tendrá que calcular cuánto capital necesita, por encima del mínimo legal, para sostener su modelo de negocio y resistir escenarios adversos sin comprometer su suficiencia patrimonial.

¿Qué debe incluir el informe?

El IASPE tendrá como mínimo un escenario base, dos escenarios de estrés, un análisis de sensibilidad, las acciones de gestión y fortalecimiento patrimonial y anexos con información financiera proyectada.

En el escenario base, la empresa proyectará sus estados financieros y comparará el patrimonio efectivo mínimo regulatorio con el nivel objetivo que ella misma fije. También deberá evaluar su capacidad para generar capital y la calidad de ese patrimonio.

Los escenarios de estrés medirán cómo queda la solvencia ante choques en la rentabilidad, la calidad de la cartera o la capacidad de absorber pérdidas. Cada entidad tendrá que explicar los supuestos y metodologías que usó.

La SBS fijará los parámetros

Para que los ejercicios sean comparables, la SBS publicará en el Portal del Supervisado las proyecciones de las principales variables macroeconómicas que servirán de referencia para los tres escenarios. Lo hará a más tardar el último día hábil de diciembre de cada año.

El regulador comunicará el aumento en las tasas de incumplimiento, por empresa y por tipo de crédito, que deberá usarse en el análisis de sensibilidad.

El informe se enviará por el Sub-Módulo de Captura y Validación Externa (SUCAVE) dentro de los 30 días calendario de abril, junto con los formatos para escenario base, estrés, estrés severo y sensibilidad. La resolución aprobó una guía con el contenido mínimo que debe tener cada presentación.

¿Qué puede exigir el regulador?

La SBS podrá pedir documentos de trabajo, el sustento de los escenarios y la justificación de las fuentes de fortalecimiento patrimonial. Si el informe no cumple los estándares de la guía, podrá ordenar que se corrija o que se elabore uno nuevo.

Cuando los planes de acción no guarden relación con el perfil de riesgo, el apetito por el riesgo o la concentración de mercado de la empresa, la SBS podrá exigir medidas adicionales.

La norma menciona cambios en gobierno corporativo, gestión de riesgos, planeamiento estratégico, eficiencia, rentabilidad, calidad de activos y políticas de reinversión de utilidades, y medidas específicas para fortalecer el patrimonio.

La resolución modificó el Reglamento de Auditoría Interna para que los auditores de cada entidad verifiquen el cumplimiento de estas reglas. La obligación alcanza a bancos, financieras, cajas municipales y rurales, empresas de créditos, Banco de la Nación, Banco Agropecuario, Cofide y Fondo Mivivienda. También cambió el Reglamento de Gestión de Riesgo de Crédito, cuyos escenarios de estrés vinculados al IASPE deberán seguir ahora los criterios del nuevo reglamento.

Otro ajuste toca el Reporte N.° 4-D (Resumen de Requerimientos Patrimoniales) del manual de contabilidad. El patrimonio efectivo que cubre un requerimiento regulatorio ya no podrá contarse otra vez para cubrir otro, y los colchones de capital solo podrán cubrirse con capital ordinario de nivel 1.

Cuentas para créditos reprogramados por El Niño

Con la Resolución SBS N.° 02403-2026, publicada el mismo día, la SBS creó cuentas contables para registrar los créditos reprogramados bajo el Oficio Múltiple N.° 1365-2026, emitido en agosto.

Ese oficio permite a las entidades financieras modificar las condiciones de los préstamos de empresas y personas con buen historial crediticio cuya capacidad de pago se vea afectada de forma temporal por hechos excepcionales, como el Fenómeno El Niño (FEN).