La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó nuevas reglas que obligan a los bancos, financieras y cajas a explicar de forma clara y en un lenguaje simple cuánto cuesta realmente un préstamo o una tarjeta de crédito, y a avisar a sus clientes cuando un problema —como una caída del sistema o un ataque cibernético— afecte el saldo de su cuenta o su línea de crédito.
La medida se aprobó mediante la Resolución SBS N° 01741-2026, que modifica el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado y el Reglamento de Comisiones y Gastos del Sistema Financiero. Entrará en vigencia a los 360 días de su publicación, con algunas excepciones que aplican antes.
¿Qué cambia para el usuario de a pie?
Cuando alguien saca un préstamo o usa una tarjeta de crédito, la tasa de interés que ve en la publicidad casi nunca es lo único que paga: hay comisiones, seguros y otros cargos que elevan el costo final. Ese costo total tiene un nombre técnico, la TCEA (Tasa de Costo Efectivo Anual) para créditos, o la TREA para ahorros e inversiones.
Con la nueva norma, el personal de los bancos —propio o tercerizado— está obligado a informar la TCEA o TREA que le corresponde a cada cliente y a explicar de qué está compuesta esa tasa, no solo mencionarla.
Uno de los cambios más concretos apunta directamente a las tarjetas de crédito con línea revolvente, es decir, aquellas en las que el cliente puede pagar solo una parte de la deuda cada mes. Ese mecanismo suele generar más intereses de los que el usuario espera.
La norma exige que, en estos casos, el banco entregue un ejemplo explicativo que muestre cómo funciona el cobro, para que el cliente entienda el costo real antes de usar ese tipo de crédito. Si el usuario lo pide, también puede recibir información sobre el costo efectivo en otras periodicidades.
Aviso obligatorio si hay un problema con tu cuenta
La resolución también obliga a las empresas financieras a comunicar a sus clientes cualquier evento que les genere un perjuicio en su saldo o línea de crédito, así como los incidentes de continuidad de negocio o ciberseguridad que hayan sido calificados como significativos y que los afecten directamente.
Para decidir si un incidente amerita un aviso masivo (por ejemplo, un comunicado público), los bancos deberán considerar si el hecho tuvo cobertura negativa en medios de comunicación, si requirió la intervención de la alta dirección o si alguna autoridad pidió información formal sobre el caso.
Cuando el perjuicio afecte directamente el bolsillo del cliente, la comunicación deberá ser directa y no solo a través de un aviso general.
Canales accesibles y atención humana
La norma precisa además que los canales de atención al cliente —web, aplicaciones móviles, cajeros— deben ser accesibles y fáciles de usar, y deben ofrecer una opción de contacto humano cuando corresponda, conforme a lo que ya establece la Ley N° 31601.
La información sobre tasas de interés, comisiones, gastos y características de los productos financieros deberá estar disponible en esos mismos canales, de forma que el cliente pueda revisarla antes de tomar una decisión.