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Retiro AFP 2024: ¿Qué pasa si el Poder Ejecutivo observa la ley aprobada por el Congreso?

Luego de la aprobación de la ley, se mantiene la expectativa por saber la posición que tomará el titular del MEF, José Arista, ya que no estaba de acuerdo con la iniciativa del retiro.
Por Iveth Yamunaque
3 minutos
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Luego de que el Pleno del Congreso aprobara, el jueves 12 de abril de 2024, el desembolso de hasta S/20,600 (4UIT) de las administradoras de fondos de pensiones, se dio a conocer que el Ejecutivo tiene la posibilidad de realizar una evaluación final a la Ley, por lo tanto no todo está dicho. Conoce en esta nota qué pasa si el Ejecutivo observa la ley aprobada.

¿Qué pasa si el Ejecutivo observa la ley aprobada?

Según declaraciones del congresista José Luna, en caso de que el Ejecutivo observe el proyecto, los parlamentarios lo aprobarán por insistencia. Es importante resaltar, que el titular del MEF, José Arista, no estaba de acuerdo con la iniciativa del retiro, lo que genera expectativa para saber la posición que tomará el ministro debido a que la ley ya está aprobada.

¿Cuáles son las alternativas en caso el Ejecutivo levante observaciones?

1. Subsanar observaciones

Si la ley fue observada por el Ejecutivo, los congresistas, al recibir las autógrafas de ley, determinan que vuelva a la Comisión de Economía para que cambie o mejore algunos puntos del proyecto.

Al ocurrir esto, el proceso vuelve a cero, es decir, las comisiones respectivas, corrigen y lo aprueban, lo llevan al Pleno del Congreso para que sea sometido a votación.

En caso sea aprobado, lo envían al ejecutivo para su promulgación en un plazo de 15 días hábiles.

2. Promulgación por insistencia

En caso de que los parlamentarios no quieran subsanar las observaciones, la ley será sometida a una nueva votación, de la misma manera que se aprobó al inicio.

Asimismo, en caso se apruebe con más de la mitad de los votos de los 130 legisladores, el presidente lo promulgará por insistencia, por lo tanto, ya no necesitarían la aprobación de la jefa de Estado. Posteriormente, la ley debe estar promulgada en el Diario Oficial El Peruano.

    AFP Integra se pronuncia

    Según el comunicado emitido por AFP Integra, los afiliados no podrán realizar el retiro debido a que el Poder Ejecutivo tiene plazo de hasta 15 días hábiles para observar la ley aprobada.

    Asimismo, se comunica que si el Ejecutivo la aprueba y no existe alguna observación, la Banca y Seguros (SBS) determinará los plazos para el retiro, para lo cual tendrá disponibles 15 días calendario luego de que la norma sea publicada en el Diario El Peruano.