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Requisitos para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada

Según este beneficio, las personas entre 50 y 55 años ( mujeres 50 y hombres 55) podrán jubilares cumpliendo con algunos requisitos. De igual forma, las personas que opten por este sistema deberán demostrar, necesariamente, que se encuentren desempleados durante 12 meses consecutivos o más, acreditando su fecha de cese con documento de fecha cierta.
Por Roxana Vásquez Publicado: Últ. actualización: 30 mayo, 2020 05:43
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El pasado miércoles 3 de abril, el Congreso de la República aprobó  de manera definitiva el Régimen Especial de Jubilación Anticipada (Reja). Según este beneficio, las personas entre 50 y 55 años ( mujeres 50 y hombres 55) podrán jubilares cumpliendo con algunos requisitos.

Asimismo, las personas que opten por este sistema deberán demostrar, necesariamente, que se encuentren desempleados durante 12 meses consecutivos o más, acreditando su fecha de cese con documento de fecha cierta.

En caso que, durante los mencionados 12 meses, el afiliado que hubiese percibido ingresos de cuarta categoría, el valor total de dichos ingresos debe ser menor o igual al valor equivalente a 7 Unidades Impositivas Tributarias (S/29.400), debiendo presentar un documento de Sunat que lo sustente.

Este último requisito no se contemplaba en el anterior REJA, el cual quedó desactivado el pasado 31 de diciembre de 2018 por una observación del Ejecutivo.

Jubilación anticipada ordinaria

El texto sustitutorio del dictamen aprobado incluye a la jubilación anticipada ordinaria (JAO), cuyo acceso tendrá requisitos de ingreso aún más complicados para los aplicantes.

Los afiliados podrán aplicar al JAO siempre que obtengan una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.

Para el cálculo de la pensión antes señalada, no se consideran los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% del fondo individual de cada afiliado de aportes obligatorios (la Cuenta Individual de Capitalización). Los aportes  deberán tener una permanencia de al menos 9 meses en esta cuenta.

Se precisa que el JAO da derecho a la redención del Bono de Reconocimiento a los 3 años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años.

Consejo para evaluar los sistemas de pensiones

El dictamen aprobado también exige la creación de un consejo para evaluar la situación actual de los sistemas de pensiones públicos y privados en un plazo de 180 días naturales. El consejo tiene dos objetivos principales:

1. Realizar una evaluación de las condiciones de acceso, los costos y beneficios de los regímenes de jubilación anticipada actualmente vigentes en el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Esto incluirá la identificación de todos los actores y grupos de interés que directa o indirectamente podrían ser beneficiarios o perjudicados con tales regímenes.

2. Evaluar integralmente las condiciones principales del sistema de pensiones público y privado, incluyendo aspectos tales como la sostenibilidad fiscal, la suficiencia de las pensiones (pensión mínima), la evolución demográfica y la cobertura universal de la población y emitir recomendaciones concretas sobre estos aspectos.

El Consejo está conformada por un representante de las siguientes entidades, con rango mínimo de director nacional o su equivalente: Ministerio de Economía y Finanzas; la SBS; el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y la ONP.

Vía El Comercio