La semana pasada, la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, aprobó el proyecto que permitiría el retiro del 100 % de los fondos de la AFP.
Es importante señalar que el proyecto de ley aún queda pendiente de ser ratificado o rechazado durante la próxima sesión del Congreso.
En torno a este tema, han surgido muchas dudas respecto a quiénes podrán acceder a este beneficio y cómo sería el proceso. El Comercio lo explica a detalle.
¿Quiénes accederán a la totalidad de sus fondos?
El dictamen del proyecto de Ley 5674/2020-CR indica que quienes podrían efectuar el retiro total son los afiliados que no registren aportaciones ni retención por más de 12 meses consecutivos.
Podrán acceder a la totalidad del retiro total en tres partes:
- A los 10 días de la aprobación de la solicitud de retiro, recibirá un 34%.
- 33% a los 90 días calendario computados a partir del primer desembolso, a que se refiere el literal anterior.
- 33% a los 90 días calendario computados a partir del segundo desembolso, a que se refiere el literal anterior.
Además, a los ex afiliados cuyo fondo es igual o menor a S/10,000 y que no han realizado aportes por más de 12 meses se les entregará los fondos de la siguiente manera:
- En un plazo máximo de 10 días calendario accederán al 50 %, después de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones afiliado el aportante.
- El 50% a los 60 días calendario computados a partir del primer desembolso, a que se refiere el literal anterior.
¿Cómo se realizará el trámite?
La solicitud para el retiro de los fondos se presentará de manera remota, virtual o presencial, ante la AFP a la que pertenezca el afiliado.