Formar parte de la planilla de una empresa no solo implica beneficios laborales para el trabajador que ha contraído vínculo contractual con el empleador, sino que algunos beneficios se extienden hasta su familia. En la siguiente nota reunimos los principales beneficios que recibe tu familia si estás en planilla.
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Los trabajadores que están incluidos en la planilla de la empresa tienen la posibilidad de otorgar determinados beneficios sociales a su familia directa. De acuerdo a ley, los hijos de los trabajadores tienen derecho a una asignación familiar, siempre y cuando sean menores de edad o hayan alcanzado la mayoría legal, pero se encuentren cursando estudios superiores.
Entre los principales beneficios a los que accede la familia de un trabajador que forma parte de la planilla se encuentran:
Asignación familiar
Es un beneficio laboral que otorga a los trabajadores con carga familiar. Por cada hijo el trabajador accede a un monto por concepto de asignación familiar. Para ello, los hijos deben ser menores de edad o estar cursando estudios superiores o hasta cumplir los 24 años.
La afiliación debe hacerse formal con una copia de DNI, partida de nacimiento o, de ser el caso, acta de adopción.
Los hijos extramatrimoniales, de acuerdo a ley, también acceden a este beneficio. Para ello, el padre deberá presentar un reconocimiento de paternidad.
Cobertura de EsSalud
Conforme a ley, todos los trabajadores que se encuentren en planilla deben otorgar un 9% de su sueldo al Seguro Social de Salud (EsSalud). La cobertura se extiende a quienes el trabajador declare como derechohabientes.
El beneficio alcanza al cónyuge, conviviente, hijos menores de edad, hijos mayores de edad con discapacidad. En este sentido, los trabajadores deben presentar acta de matrimonio, reconocimiento de unión de hecho, DNI de los hijos o carnet de CONADIS, respectivamente.
En el caso de que el trabajador(a) se encuentre separado(a) y con una nueva pareja, esta última no tiene derecho de acceder a la categoría de derechohabiente. Según la última normativa laboral, este beneficio se reserva a los cónyuges o convivientes.
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¿Cómo obtener el reconocimiento de hecho?
Los interesados un solicitar un reconocimiento de hecho deberán seguir este procedimiento en una notaría pública o juzgado de paz:
- Solicitud de los convivientes con nombres y apellidos completos.
- Reconocimiento de convivencia por más de 2 años
- Declaración de que los convivientes se encuentran libres de impedimento matrimonial
- Certificado domiciliario de los solicitantes
- Certificado negativo de hecho de los convivientes. Este documento se deberá solicitar ante el Registro de Personas Naturales.
- Declaración de dos testigos que avalen la convivencia de los solicitantes por más de dos años.
Una vez comprobada la validez de los documentos presentados, el notario o juez de paz deberá emitir la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes ante el Registro de Personas Naturales.