El Osiptel sancionó a Telefónica del Perú con dos multas de S/516,000 por incumplir reglamento de portabilidad numérica móvil y fija. Ambas multas son equivalentes a 240 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Infracciones
Según la Resolución N° 070-2020-CD/Osiptel, la empresa operadora cometió una infracción grave al verificarse que, entre enero de 2017 y marzo de 2018, no deshabilitó de su red 100,039 números telefónicos portados, durante la ventana de cambio, lo cual incluye las acciones pertinentes para el correcto encaminamiento de las llamadas entrantes y salientes.
Por este caso, fue sancionada con una multa de 516,000 soles (120 UIT).
Del mismo modo, Telefónica incurrió en la infracción prevista en el numeral 28 de la misma norma al comprobarse que, en el mismo período, no ejecutó la habilitación de 37,142 números portados (que incluye las actividades para el correcto encaminamiento de las llamadas desde y hacia el número portado).
Esto generó la interrupción de los servicios por más de tres horas. Por este caso, fue sancionada con otra multa de 516,000 soles (120 UIT).
La ejecución de las acciones necesarias para la habilitación y deshabilitación en los plazos establecidos en el Reglamento de portabilidad resulta de gran importancia.
En tanto, si las empresas operadoras no observan sus obligaciones, los abonados tienen problemas en sus comunicaciones (interrupciones y fallas), afectando así la percepción sobre el uso de un mecanismo de competencia como es la portabilidad numérica.