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Subsidio al Transporte Urbano: 26 ciudades fuera de Lima recibirán en total 38 millones de soles

Las empresas de transporte urbano de pasajeros se beneficiarán con un subsidio de S/116 millones 654 mil otorgado por el Gobierno Central debido a la reducción del aforo para evitar contagios.
Por Jullianni Namuche Mego Publicado: Últ. actualización: 5 julio, 2020 09:12
4 minutos

Las empresas de transporte urbano de pasajeros se beneficiarán con un subsidio de S/116 millones 654 mil otorgado por el Gobierno Central debido a la reducción del aforo establecido durante el Estado de Emergencia Nacional.

Este beneficio se estipula en el Decreto de Urgencia N°079-2020, publicado el día de ayer en el diario El Peruano.

Carlos Lozada, titular del ministerio de Transportes y Comunicaciones, señaló que este mecanismo de subsidio “beneficiará a 50 mil unidades de transporte público para que operen cumpliendo los protocolos sanitarios emitidos por el sector y así evitar que las unidades se conviertan en focos de contagios”.

¿A cuánto asciende?

El monto total asciende a S/116 millones 654 mil. De estos S/78 millones 318 mil será destinado al servicio de transporte en Lima y Callao, a través de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU). Asimismo, S/38 millones 336 mil para las 26 ciudades principales y capitales del país, mediante las municipalidades provinciales.

Se estima que el dirigido a municipales provinciales tenga una entrada de cerca de S/1millón 400 mil para cada una.

Con posibilidad de ampliarse

El presente decreto declara en su inciso 4.2 que durante el Año Fiscal 2020, se podría autorizar desde el Ministerio de Economía y Finanzas, realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 3 307 200,00 a favor de las municipalidades provinciales.

Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, debiendo contar además con el refrendo del MTC, a solicitud de este último.

¿Cuál es el objetivo?

El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto aprobar medidas, en materia económica y financiera, con el fin de promover el cumplimiento de las condiciones y procedimientos de los protocolos sanitarios en el marco del proceso de Reanudación de Actividades.

Se menciona en la normativa que los medios de transporte habilitados para prestar el servicio y los operadores del servicio de transporte deben cumplir con el aforo (número de asientos permitidos) y las disposiciones sobre limpieza y desinfección de los vehículos.

Además de cumplir con la infraestructura complementaria de transporte, así como respecto de la continuidad del servicio, establecidos en los lineamientos, protocolos y normas sanitarias.

Lozada explicó que el subsidio se entregará en función a los costos operativos, los cuales se determinan “a través de los kilómetros recorridos por las unidades de transporte público. Por lo cual, se contará con un servicio de monitoreo georreferenciado para la supervisión”.

Fiscalización

El ministro señaló que para los trabajos de fiscalización se otorgará S/3 millones 250 mil a favor de la ATU y S/3 millones 307 mil a favor de las municipalidades provinciales beneficiadas para financiar los gastos de supervisión y fiscalización del subsidio.

Municipalidades provinciales autorizadas

Dentro de Piura región, las municipalidades provinciales favorecidas serían: La municipalidad provincial de Piura y Sullana.

Fuente: Decreto Supremo

Infomercado se comunicó con el regidor Daniel Verastegui, quien indicó que aún no existe un monto exacto para Piura y se está a la espera de la repartición, la cual debería efectuarse tras 10 días hábiles.

También mencionó que la posible ampliación dependerá de cómo funciona el subsidio, es decir si este realmente cumple la regulación de precios, y los protocolos de bioseguridad requeridos.

Además hizo hincapié que el subsidio busca beneficiar a los usuarios y que a estos no se les suba los precios de los pasajes al tener, las empresas, menos aforo.

Finalmente, se refirió que la disposición del decreto donde se menciona que «los servicios de transporte terrestre de ámbito nacional, regional y provincial deben cumplir con un aforo igual al número de asientos señalados en su tarjeta de identificación vehicular (vehículos de categoría M2 y M3)» no sería una regulación adecuada para disminuir los contagios dado que «los pasajeros al usar todos los asientos del vehículo van de hombro a hombro».

A tener en cuenta

Carlos Lozada recordó que los pasajeros no podrán viajar parados en los vehículos de transporte urbano. Recomendó además, no utilizar el transporte público en las horas punta.

Los trabajadores del sector público tienen horas de ingreso diferenciado a sus centros de labores para así evitar aglomeraciones en los paraderos y buses.