Las bicimotos y motocicletas eléctricas deben contar con SOAT y placa única de rodaje como cualquier vehículo motorizado y deben cumplir lo establecido en el Código de Tránsito.
Esta precisión la hizo el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), que invocó a los ciudadanos a no dejarse sorprender por quienes ofrecen bicimotos y motocicletas eléctricas asegurando que no hay necesidad de cumplir esos requisitos. Este tipo de vehículos se encuentran clasificados en el Reglamento Nacional de Vehículos en la Categoría L1 (velocidad máxima de 50 km) y L3 (velocidad mayor a los 50 km), por lo que deben ser registrados en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, además de contar con la placa única de rodaje. Asimismo, es necesario que cuenten con el SOAT que, ante la eventual ocurrencia de un accidente de tránsito, brinda cobertura inmediata e incondicional a las víctimas.
Conducir sin SOAT constituye una infracción muy grave y la multa alcanza los S/ 504. Los choferes de estos vehículos deben tener su licencia de conducir en la Clase B, cuyo trámite se realiza en las municipalidades provinciales.
Cabe señalar que no se admite la circulación de bicimotos artesanales, es decir, aquellas que se ensamblan en lugares no autorizados.