El ministro de Economía, Alex Contreras, emitió un comunicado oficial sobre el fallo del Tribunal Constitucional que impide a la Sunat cobrar intereses moratorios a los contribuyentes si este se generó por retraso de la misma entidad o del tribunal judicial.
En la misiva señaló que el fallo el TC habría excedido sus competencias y actuó en contra de las políticas tributarias de los últimos 30 años.
MEF en contra del TC
Para el MEF el fallo del Tribunal Constitucional excede sus competencias por que al hacerlo asume el rol de legislador positivo y trasgrede sus principios de corrector funcional afectando las políticas tributarias.
Así mismo, destaca que esta medida «en la práctica , genera una amnistía para las empresas que recurren al litigio» como recurso para no pagar compensación al estado por su morosidad en el pago de sus deudas tributarias.
Pues los buenos contribuyentes que cumplen con sus deberes tributarios a tiempo serían perjudicados pues no habría diferencia, ni penalidad para los morosos.
Alex Contreras, también recordó que ya existen políticas tributarias para penalizar al Estado cuando sobrepase los plazos legales. De esta manera, ya no se aplican intereses y se actualizan con el índice de precios al consumidor (IPC) para preservar el mismo valor en el tiempo.
Por este motivo y para reforzar su postura el MEF presentará un medido de aclaración de sentencia para que el TC rectifique su decisión.
¿La decisión del MEF es arbitraria?
Para algunos especialistas como Walker Villanueva, lo es. Pues el ministerio solo se esta enfocando en el interés moratorio y la reducción del 95% de las multas que dejará de percibir; cuando el verdadero problema son las instuciones tributarias.
Pues señala que son practicas comunes de estas entidades «demorar los plazos» y alargándolos hasta 4 años para aumentar el interés moratorio. Y resaltó que tanto la Sunat como el Tribunal Fiscal deberían resolver los casos en 21 meses como máximo.
Confiep deacuerdo con el fallo del TC
Para la Confederación Nacional De Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) el fallo del TC no debería representar un peligro para la economía nacional. Pues señala que esta sentencia «no condona deudas tributarias ni elimina o reduce el monto de los impuestos en controversia». Y asegura que solo corrige el «inconstitucional» aumento de intereses moratorios.