El Tribunal Constitucional (TC) se pronunció hoy sobre la demanda que presentó el Ejecutivo por la Ley aprobada por el Congreso de la República que permitía la devolución de aportes a los afiliados de la ONP.
A través de su cuenta oficial de Twitter, el organismo informó su decisión. «TC declaró por unanimidad inconstitucional la Ley N° 31083 que autoriza el retiro de aportes de la ONP«, se lee en la red social.
Esto quiere decir que ya no se le devolverá dinero -como establecía la ley- a los afiliados de la ONP.
Ley de Retiro ONP: ¿Por qué se declaró inconstitucional?
Los argumentos que presentó el Poder Ejecutivo fueron tres:
- La Ley ONP implicaba un gasto de S/15,000 millones de soles, lo que hubiera generado un desequilibrio fiscal en las arcas del Estado Peruano.
- Luis Huerta, procurador del Ministerio de Justicia, explicó que establecer una ley para devolver aportes va en contra del sistema de pensiones, que busca asegurar la vejez de las personas.
- Por último, se explicó que el Congreso no tiene facultad para emitir leyes que impliquen iniciativa de gasto.
Ley Retiro ONP: Lo que dijo la defensa del Congreso
Para cada uno de los argumentos presentados líneas arriba, esto es lo que dijo la defensa del Congreso de la República.
- Una devolución no afectaría los recursos públicos porque los aportes pensionarios pertenecen a los aportantes y no al Estado.
- La devolución de la totalidad de aportes a los afiliados con 65 años que no han alcanzado una pensión busca que estas personas accedan al derecho a la seguridad social no como una prestación mensual, sino como una devolución.
- En relación al cuestionamiento sobre que la norma genera gasto al Tesoro Público, el abogado dijo que este aspecto puede ser subsanable en la medida en que el Ministerio de Economía y Finanzas lo autorice.
Ley de Retiro ONP: ¿Qué beneficios daba el proyecto a los afiliados?
El 4 de diciembre se publicó en El Peruano la ley 31083 que permitía la devolución total de aportes a los afiliados de la ONP con 65 años o más y no han cumplido con haber aportado 20 años.
Además, permitía el retiro de hasta 1 UIT a los afiliados menores de 65 años y el pago de un bono extraordinario por el valor de S/930 soles.