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Gobierno reglamenta gratificaciones y CTS para trabajadores CAS: este será el cronograma de pagos hasta 2030

El decreto fija los porcentajes de implementación para cada año, determina la remuneración que servirá como base de cálculo y regula el pago de gratificaciones proporcionales, truncas y de la CTS al finalizar el contrato.

Por Ricardo Lopez Alvarez
3 minutos
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El Gobierno aprobó el reglamento que establece cómo se implementarán las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, así como la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), para los trabajadores contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS). La norma define el procedimiento, los requisitos y la forma de cálculo de ambos beneficios, cuya aplicación será progresiva hasta alcanzar el 100% de la remuneración mensual en 2030.

El Decreto Supremo N.° 142-2026-EF desarrolla la implementación de estos derechos reconocidos por la Ley N.° 32563. Además, establece las reglas para el pago de gratificaciones proporcionales y truncas, así como de la CTS cuando concluya el vínculo laboral del servidor. El reglamento se aplica al personal CAS de todas las entidades del sector público.

Cronograma de implementación

El reglamento dispone que tanto las gratificaciones como la CTS se implementarán de manera gradual durante los próximos años.

Para las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, el monto se calculará sobre el siguiente porcentaje de la remuneración mensual:

  • 2026: 10%
  • 2027: 20%
  • 2028: 30%
  • 2029: 50%
  • Desde 2030: 100% de la remuneración mensual.

La CTS seguirá el mismo cronograma. En este caso, el beneficio equivaldrá al porcentaje establecido de la remuneración mensual por cada año de servicios, hasta llegar al 100% desde 2030.

¿Cómo se calculará la gratificación?

Los trabajadores CAS tendrán derecho a dos gratificaciones al año: una por Fiestas Patrias, correspondiente al periodo de enero a junio, y otra por Navidad, correspondiente al periodo de julio a diciembre. Ambas se pagarán junto con la remuneración de julio y diciembre, respectivamente.
Para determinar el monto, se tomará como referencia la remuneración mensual vigente al 30 de junio para la gratificación de Fiestas Patrias y al 30 de noviembre para la de Navidad. Sobre ese monto se aplicará el porcentaje correspondiente al año fiscal, de acuerdo con el cronograma de implementación.

El reglamento también contempla el pago de gratificaciones proporcionales para quienes tengan menos de seis meses de servicios y de gratificaciones truncas cuando el vínculo laboral termine antes de la fecha de pago o el trabajador se encuentre con licencia sin goce de remuneraciones. En ambos casos, el cálculo se realizará en función de los meses y días efectivamente laborados durante el semestre correspondiente.

¿Cómo se calculará la CTS?

La CTS se pagará únicamente cuando concluya la relación laboral entre el trabajador CAS y la entidad pública. El beneficio corresponderá por cada año de servicios o por una fracción mayor de seis meses, la cual será considerada como un año completo.

Para calcular el monto, se utilizará como base la última remuneración mensual percibida por el servidor al momento de extinguirse el vínculo laboral. Sobre esa remuneración se aplicará el porcentaje de implementación vigente en el año fiscal correspondiente. También se considerarán como tiempo de servicios los días efectivamente laborados, el descanso vacacional, las licencias con goce de remuneraciones y los periodos cubiertos por subsidios de EsSalud previstos en la ley.

El decreto precisa que el financiamiento de estos beneficios se realizará con cargo al presupuesto institucional de cada entidad pública y no demandará recursos adicionales al Tesoro Público.