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Gobierno promulgará reforma de pensiones: ¿Cuáles son los cambios en la jubilación AFP de los menores de 40 años?

Algunos economistas señalaron que las medidas propuestas no lograrían mejorar las pensiones de los ciudadanos.
Por Iveth Yamunaque
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Hace dos meses, el Congreso de la República aprobó en segunda votación la reforma del sistema previsional de pensiones, siendo uno de los puntos clave la restricción del retiro AFP para aquellos que tengan menos de 40 años. Esta medida no se encuentra libre de controversias, por ello, algunos economistas, e incluso el Ministro de Economía y Finanzas, José Arista, señalaron que las medidas propuestas no lograrían mejorar significativamente las pensiones de los ciudadanos.

Es importante recordar que un grupo de congresistas de diferentes bancadas presentó una moción de censura contra Arturo Alegría, entonces vicepresidente del Congreso y miembro de Fuerza Popular, por lo que consideraron una aprobación de medidas “engañosas”.

Sin embargo, el 22 de agosto, la reconsideración de esta reforma fue rechazada en el Pleno del Congreso. Con ello, la nueva legislatura validó este proyecto de ley, que ahora deberá esperar su promulgación en el diario oficial El Peruano, siempre y cuando el Poder Ejecutivo no lo observe.

Cambios en las modalidades de jubilación para menores de 40 años

Hasta la fecha, los afiliados a las AFP podían elegir entre dos opciones al jubilarse: recibir una pensión o retirar el 95.5% de su fondo acumulado. Sin embargo, la nueva ley de reforma de pensiones introduce una disposición que modifica esta posibilidad para quienes tengan menos de 40 años al momento de jubilarse.

A partir de esta disposición, solo los afiliados que actualmente tienen 40 años o más, y que estaban afiliados a una AFP antes de la entrada en vigor de esta ley, podrán optar por recibir una pensión en cualquiera de las modalidades existentes o solicitar el retiro del 95.5% del total de su fondo en la Cuenta Individual de Capitalización (CIC). Los menores de 40 años no tendrán esta opción al llegar a la jubilación.

Pensión mínima garantizada

Asimismo, la reforma de pensiones también establece la creación de una pensión mínima para los afiliados a las AFP. Según el texto aprobado por el Congreso, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrán acceder a una pensión mínima o una pensión de jubilación proporcional especial con garantía estatal, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.

Entre estos requisitos se incluye haber realizado las unidades de aporte efectivas requeridas, no haber realizado retiros de sus fondos después de la entrada en vigor de la ley, y que el saldo de su CIC sea insuficiente para financiar la pensión mínima.

Este beneficio, sin embargo, solo aplicará a aquellos jubilados que no retiren fondos de su AFP después de la promulgación de la ley. Aunque la norma no detalla completamente esta modalidad, establece que, al prohibir futuros retiros de fondos, quienes cumplan con los requisitos podrán acceder a la pensión mínima.

Reforma de pensiones: Prohibición de retiros AFP

Uno de los aspectos más importantes de la reforma de pensiones es la prohibición de retiros de los fondos acumulados en las cuentas individuales de las AFP. A partir de la entrada en vigor de esta ley, quedará prohibido que los afiliados al SPP retiren total o parcialmente sus fondos, salvo en los casos excepcionales previstos en la ley.

Es preciso resaltar que esta medida busca asegurar que los fondos se mantengan dentro del sistema previsional, garantizando así la posibilidad de obtener una pensión al momento de la jubilación.

Sin embargo, queda pendiente determinar cómo se afectarán aquellos afiliados que hayan solicitado retiros antes de la promulgación de la norma y aún estén recibiendo montos de su AFP.