Tras siete meses desde que el Gobierno aprobó un decreto de urgencia para mejorar la articulación para el otorgamiento de servicios financieros y no financieros del Fondo Mipyme Emprendedor, hoy se aprobó un nuevo reglamento del programa.
El Decreto Supremo N° 225-2020-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, consta de cuatro capítulos, 20 artículos y una disposición complementaria transitoria.
Este fondo estará dirigido a apoyar con mecanismos de financiamiento a las micro, pequeñas y medianas empresas, y a las pymes exportadoras.
Así como los emprendimientos innovadores de alto impacto en estadios iniciales de desarrollo elegibles, que tengan necesidades de apoyo a través de instrumentos no financieros.
El ministro de la Producción, José Salardi, sostuvo que esta reglamentación permitirá incrementar el desarrollo productivo y la productividad de alrededor de 20,000 mipymes.
Además, también se verían beneficiados los emprendimientos innovadores de alto impacto, a través de instrumentos no financieros.
Normatividad
El presente decreto supremo y su anexo se publicarán en la plataforma digital única del Estado peruano y en los portales institucionales del MEF y del Ministerio de Producción.
En los considerandos de la norma se fija, mediante el Decreto de Urgencia N° 013-2020, el cambio de la denominación del Fondo Mipyme por Fondo Mipyme Emprendedor, ampliando su objetivo y plazo de vigencia.
Asimismo, vía Decreto de Urgencia N° 056-2020, se establecieron precisiones sobre los beneficiarios del Fondo Mipyme, con el fin de que los instrumentos no financieros sean operados por entidades públicas o privadas, y que los emprendimientos innovadores de alto impacto sean los que están en estadios iniciales de desarrollo.